Tras la reforma laboral: el Gobierno buscará aprobar en marzo la nueva ley de financiamiento universitario

Los planes apuntan a marzo y forman parte de la ambiciosa agenda legislativa del oficialismo de este año.
Política20/02/2026INFOtec 4.0INFOtec 4.0

Tras la sanción del proyecto de reforma laboral en la Cámara de Diputados, el Gobierno pretende que en la primera semana de marzo, bajo sesiones ordinarias, se apruebe la nueva ley de financiamiento universitario. El texto, que ingresó a la Cámara baja el jueves último, busca reformular la normativa 27.795, que tuvo insistencia opositora, con un ajuste por inflación para gastos, suba salarial en tramos y refuerzo para hospitales escuela.

El texto se trabajó en despachos de Balcarce 50 e intervinieron en su redacción la Secretaría Legal y Técnica, que conduce María Ibarzabal Murphy, y la subsecretaria de Políticas Universitarias que lidera Alejandro Álvarez. 

Precisamente, Álvarez, uno de los principales referentes de la agrupación libertaria Las Fuerzas del Cielo, estuvo en la Casa Rosada un día previo a la presentación del proyecto en el Congeso. Se trata de un dirigente de confianza para el asesor presidencial Santiago Caputo.

En torno a la iniciativa, el artículo 3° (que sustituye el art. 3° de la 27.795) busca que la actualización de los gastos de funcionamiento confluya con la inflación observada (IPC-INDEC) por encima del 14,3%, que es “el valor promedio anual utilizado para la confección del proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2026”. 

Es decir, si la inflación efectiva supera ese 14,3%, el crédito para las actividades 14 (Funcionamiento), 15 (Hospitales Universitarios) y 16 (Ciencia y Técnica en Universidades) del Programa 26 se ajustará para preservar el incremento real.

A su vez, el artículo 4° dispone un refuerzo específico para el sistema de salud universitario: “Increméntase en la suma de $80.072.460.000 el crédito presupuestario de la Actividad Presupuestaria 15 ‘Asistencia Financiera a Hospitales Universitarios’… con el fin de financiar el funcionamiento del sistema de salud universitario”.

Por otro lado, en relación a las remuneraciones, el artículo 5° fija una recomposición 2025 paga en 2026 para docentes y no docentes, con tres incrementos del 4,1% cada uno (marzo, julio y septiembre), calculados sobre los básicos vigentes al 31 de diciembre de 2025—en total, 12,3%—y ordena al Ejecutivo convocar paritarias obligatorias al mes de sancionada la ley, con periodicidad no mayor a tres meses. “Dicha convocatoria deberá ser abarcativa del personal docente y no docente”, expresa la norma.

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