


Condena por violencia de género en Santa Isabel, en el día del Ni Una Menos
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SANTA ISABEL | Diez años después de aquella marea verde que inundó las plazas de todo el país, la Justicia pampeana pronunció una condena por violencia de género en el mismo día en que Argentina recuerda el nacimiento del movimiento Ni Una Menos.
No es un detalle menor: el 3 de junio de 2015, miles de personas salieron a las calles para reclamar el fin de los femicidios y de la violencia contra las mujeres, impulsadas por una indignación colectiva que tuvo como detonante el asesinato de Chiara Páez, una adolescente de 14 años asesinada en Santa Fe. Ese grito sigue resonando, y sentencias como la de este martes son parte de la respuesta que el sistema judicial le debe a ese reclamo.
El juez unipersonal Marcelo Pagano, en el marco del Legajo N° 10997 y tras el juicio oral celebrado el 19 de mayo, condenó a E. O. Montesino —oriundo de Mendoza— a seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. Los hechos ocurrieron en la localidad oesteña de Santa Isabel.


Según la acusación sostenida por el fiscal sustituto Enzo Rangone, del Ministerio Público Fiscal de la IV Circunscripción, el episodio comenzó el 3 de noviembre de 2025 y continuó al día siguiente en la vivienda que la víctima compartía con el imputado. En ese contexto, Montesino golpeó a la mujer en distintas partes del cuerpo, la arrastró del cabello, la empujó reiteradamente y la arrojó sobre objetos del domicilio, provocándole hematomas en brazos, rodillas y omóplato izquierdo. Las lesiones fueron constatadas por la médica Jésica Batistela el 7 de noviembre y luego ratificadas mediante informe forense.
Durante el juicio oral, la víctima reiteró el relato de su denuncia original ante la Comisaría de Santa Isabel y describió un contexto sostenido de violencia física y psicológica atravesado por celos y control permanente por parte del acusado. El magistrado valoró especialmente la persistencia y coherencia de ese testimonio a lo largo de todo el proceso, respaldado además por pruebas médicas, fotografías incorporadas a la causa y declaraciones policiales y de allegadas.
Uno de los momentos más reveladores del juicio fue la reacción de la víctima al momento de declarar. Al ver al acusado en la sala, la mujer sufrió una crisis de temor que obligó al juez a ordenar el retiro de Montesino a un espacio contiguo para que ella pudiera continuar con su testimonio. Un detalle que el propio Pagano destacó en la sentencia como muestra elocuente del daño provocado.
El fallo también reconoció explícitamente el ciclo de violencia en el que estaba inmersa la denunciante. "La damnificada pasó por el enamoramiento, tensión y agresión, perdonando en la esperanza que el otro cambie, elementos propios del ciclo de violencia", señaló el magistrado, dando cuenta de un patrón que la Justicia no puede ignorar ni minimizar.
La defensa, encabezada por la defensora penal Soledad Trímboli, había solicitado la absolución y, de manera subsidiaria, la pena mínima. El tribunal no lo entendió así y consideró plenamente acreditada la teoría del caso presentada por la fiscalía.
Además de la condena en suspenso, Pagano impuso reglas de conducta por dos años: fijar domicilio y someterse al control judicial, prohibición absoluta de contacto y comunicación con la víctima, abstención del consumo de estupefacientes y del abuso de alcohol, y realización de tratamiento psicológico si los informes profesionales así lo determinan.
Una condena que, en el día del Ni Una Menos, recuerda que el camino es largo pero que la Justicia, cuando actúa, puede ser parte de la solución.












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