


Procesaron y embargaron a Juan Grabois por la toma del Instituto Perón
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NACIONALES | De acuerdo con la reconstrucción judicial, basada en testimonios, material audiovisual y documentación recolectada durante la investigación, el magistrado consideró que Grabois ingresó sin autorización al inmueble, que en ese momento se encontraba cerrado y bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano. El fallo sostiene que el dirigente no solo permaneció en el interior del edificio durante aproximadamente dos horas, sino que además habría tenido un rol activo en la continuidad de la ocupación, incitando a los manifestantes a persistir y a resistir la intervención policial.
El episodio se dio en un clima político especialmente tenso, marcado por protestas de sectores afines al kirchnerismo en los días previos a la confirmación de la condena en la causa Vialidad contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. En ese contexto, la ocupación del Instituto Perón —un espacio de fuerte valor simbólico para el peronismo— fue interpretada como una acción de protesta de alto impacto político, aunque terminó derivando en hechos de violencia que motivaron la intervención de las fuerzas de seguridad.
El mismo fallo incluyó además el procesamiento de Valentín Peralta, señalado como otro de los participantes activos en los incidentes, a quien el juez le atribuyó conductas de mayor confrontación directa, entre ellas la agresión física contra efectivos policiales durante el intento de desalojo. Ese punto quedó reforzado por la documentación médica incorporada al expediente, que registra lesiones en varios agentes —entre ellas traumatismos craneales, contusiones múltiples y heridas leves— atendidas en el Hospital Churruca, constancias que resultaron clave para sostener la imputación por resistencia a la autoridad y para establecer la gravedad penal del episodio.


En relación a Grabois, el juez Ramos consideró que su conducta excedió un rol meramente observacional o legal, configurándose como una participación activa en la ocupación del edificio, sobre todo por su permanencia en el lugar pese a las reiteradas advertencias de las autoridades y su presunta intervención en la dinámica del grupo que protagonizó la toma. Como consecuencia de esa valoración, el magistrado dispuso, además del procesamiento, un embargo de cinco millones de pesos, una medida cautelar orientada a garantizar eventuales responsabilidades civiles derivadas del proceso.
Desde la defensa del dirigente, en cambio, sostienen una interpretación sustancialmente distinta de los hechos: aseguran que Grabois no participó de la toma en calidad de militante ni de instigador, sino que se encontraba en el lugar en su rol profesional de abogado, vinculado a una cooperativa que administraba un espacio contiguo al instituto. Con ese argumento buscan desligar su conducta de la figura penal de usurpación o permanencia ilegítima, trasladando el eje hacia la asistencia legal brindada en un contexto de conflicto. De todas formas, el avance del procesamiento indica que, al menos en esta etapa del proceso, el juzgado consideró suficientes los elementos reunidos para sostener la imputación.












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