


Comunidad Organizada busca terminar con el “vandalismo” constitucional en el Poder Judicial pampeano
INFOTEC 4.0






La iniciativa plantea que el único procedimiento para acceder a cargos judiciales sea el previsto por la Constitución provincial: concurso para un cargo determinado mediante examen ante el Consejo de la Magistratura, propuesta del Poder Ejecutivo y posterior acuerdo de la Cámara de Diputados. Una vez cumplidos esos pasos, la persona designada ocuparía el cargo con carácter inamovible mientras dure su buena conducta.
Desde Comunidad Organizada calificaron como “vandalismo” constitucional al mecanismo de los sustitutos y sostienen que se trata de una práctica que se viene utilizando desde hace años en La Pampa, apartándose del procedimiento establecido por la Constitución.
Según argumentan Fonseca y Aliaga, el Consejo de la Magistratura —integrado por representantes del Superior Tribunal de Justicia, del Colegio de Abogados y Procuradores y de la mayoría de la Cámara de Diputados— toma exámenes sin que exista un cargo específico a cubrir, confecciona un listado y posteriormente la designación queda a criterio del Poder Ejecutivo.


Los legisladores cuestionan además que quienes ocupan cargos como sustitutos no cuentan con estabilidad ni con la independencia funcional que, a su criterio, garantiza la Constitución para quienes acceden a cargos judiciales mediante el procedimiento constitucional. Sostienen que pueden ser removidos sin causa por el Poder Ejecutivo, situación que consideran incompatible con las garantías propias de la función judicial.
Cuestionan una ventaja posterior en los concursos
Otro de los puntos centrales del proyecto está relacionado con el acceso posterior de los sustitutos a cargos judiciales permanentes. Comunidad Organizada sostiene que personas que durante años se desempeñaron como sustitutos luego participan de concursos constitucionales y reciben un puntaje elevado por la experiencia acumulada en esos mismos cargos.
De acuerdo con el planteo de los diputados, esa situación genera una ventaja para quienes previamente ingresaron al Poder Judicial como sustitutos, ya que otros postulantes que no tuvieron la posibilidad de ocupar esos cargos no pueden acreditar la misma experiencia específica.
Los legisladores sostienen que este mecanismo termina condicionando la igualdad entre los participantes de los concursos y cuestionan que el acceso inicial mediante una designación como sustituto pueda convertirse posteriormente en un elemento favorable para obtener un cargo judicial permanente.
En el proyecto, Fonseca y Aliaga plantean que esta situación afecta garantías vinculadas con el juez natural y el debido proceso, y sostienen que también compromete el cumplimiento de la Constitución Nacional. Según argumentan, si bien las provincias tienen facultades para dictar sus propias constituciones y organizar sus instituciones, deben preservar determinados principios vinculados con el régimen municipal y la administración de justicia.
Para Comunidad Organizada, este “vandalismo” constitucional configura una situación de gravedad institucional porque, según expresan, afecta las garantías que deben proteger la vida, la libertad y el patrimonio de los pampeanos.
Finalmente, los diputados informaron que, en forma simultánea con la presentación del proyecto en la Cámara de Diputados, enviaron una copia de la iniciativa al Superior Tribunal de Justicia y al Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa, instituciones a las que buscan incorporar al debate sobre el mecanismo de designación de funcionarios judiciales.







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