Locales Por: InfoTec 4.029 de junio de 2021

Quedó aprobada la Ordenanza de tenencia responsable de perros y gatos en Realicó

Finalmente quedó promulgada la Ordenanza que intenta dar un marco a la problemática de la superpoblación de perros y gatos en nuestra localidad.     

Desde la comuna argumentaron que las experiencias implementadas a través de la Dirección de zoonosis fueron eficaces y pretenden se conviertan en políticas de estado independiente de los cambios de gobierno del poder ejecutivo. En este sentido calificaron la metodología llevada adelante como "etica, eficiente y económica".

Los fundamentos del proyecto de ordenanza apuntan a dar solución a la problemática que afecta también la salud humana como todas enfermedades zoonóticas, evitando en nuestra comunidad presencia de rabia, leptospirosis, hidatidosis, pulgas y garrapatas.

La Ordenanza apunta a regular la tenencia y circulación de perros y gatos o animales de compañía en la localidad y abarca a propietarios o poseedores de animales, centros de cría, residencias y refugios, escuelas de adiestramiento y reservas protegidas.

Con la aprobación de la misma se impulsará la creación del departamento municipal de zoonosis que deberá ser asesorado por un profesional veterinario de Realicó y matriculado en la provincia.

Realicó "no eutanasico", quirófano y registro

Otro de los puntos salientes del documento pide declarar a la localidad como "no eutanásica", es decir se descarta toda posibilidad de matanza de animales mediante perreras y permitiría que solamente profesionales veterinarios matriculados antes situaciones de enfermedad o estado animal que lo ameriten y con el consentimiento de sus dueños puedan llevar adelante la práctica.

Además el tratamiento positivo del proyecto que fue aprobado favorece la creación de un quirófano municipal para optimizar el control de natalidad de perros y gatos y declarar a Realicó adherido a la ley nacional de protección animal N° 14.346 en todas sus partes.

Referido a un registro de animales se apunta a que los propietarios de los animales domésticos, principalmente perros,  deban inscribirlos, en un plazo no mayor a 6 meses a partir de la promulgación de la presente, en el departamento de zoonosis.

Además obligaría a que en el caso que la mascota cambie de propietario o poseedor se deba reinscribir para actualizar datos, quienes adquieran un animal de compañía que ya estuviera registrado en el momento de adquirirlo deberá comunicarlo en el departamento de zoonosis en un plazo máximo de un mes, quienes cediesen gratuitamente o vendiesen algún animal, están obligados a comunicarlo para acreditar la información del nuevo propietario y cuando se produzca la muerte del animal, los dueños deberán notificarlo en un plazo de un mes. 

La Ordenanza  además contempla cuestiones relacionadas al maltrato animal, control de animales abandonados y sueltos en la vía pública, control natal y sanitario de mascotas, circulación de animales, y paseo  por las calles.  

Finalmente se establecieron multas reguladas en la tarifaria a quienes incumplieran con la nueva reglamentación que derogará todas las preexistentes. 

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