Excarcelaron al "Teto" Medina y a otras diez personas en la causa por "La Razón de Vivir"
El conductor televisivo fue beneficiado por la Justicia de Quilmes en el marco de la causa por supuesta explotación laboral y reducción a la servidumbre. Seguirá imputado y no podrá acercarse ni a las víctimas y ni a las sedes de la comunidad terapéutica.
Medina quedará libre, pero seguirá imputado en la causa y no podrá acercarse ni a las víctimas y ni a las sedes de "La Razón de Vivir".
La Justicia de Quilmes ordenó este miércoles la excarcelación del conductor televisivo Marcelo "Teto" Medina y de otros diez detenidos acusados por supuesta explotación laboral y reducción a la servidumbre en la comunidad terapéutica "La Razón de Vivir", donde vivían jóvenes con consumos problemáticos de drogas.
"Hicieron lugar a la excarcelación", dijo a Télam uno de los abogados de Medina, Adrián Tenca.
Por su parte, otro de los defensores, Omar Saker, sostuvo a esta agencia que "fue una resolución justa, está acorde a derecho, y va a demostrar la inocencia" de su asistido.
Además, confirmó que el animador abandonará en las próximas horas la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) de Quilmes, donde se encuentra detenido junto al resto de los imputados.
Medina quedará libre, pero seguirá imputado en la causa y no podrá acercarse ni a las víctimas y ni a las sedes de "La Razón de Vivir" en los partidos bonaerenses de Berazategui y Florencio Varela, y de la provincia de Córdoba "bajo apercibimiento de que se le revoque la excarcelación en caso de incumplimiento", dispuso el juez Adrián Villagra, del juzgado de Garantías 8 del departamento de Quilmes, descentralizado de Florencio Varela, a cargo de la causa.
En el pedido de excarcelación, los abogados de Medina sostuvieron que "no pesan" sobre él "peligros procesales que obsten su libertad", y aseguraron que "colaboró con todo el trámite" desde el comienzo de la causa.
El conductor televisivo había sido detenido junto a otras 16 personas el 22 de septiembre en una serie de allanamientos en la ciudad y la provincia de Buenos Aires.
El también exhumorista y animador del programa VideoMatch fue acusado de ser la cara visible de la organización "La Razón de Vivir", para reclutar personas con charlas motivacionales en redes sociales y en varios puntos del país, que luego -supuestamente- eran reducidos a la servidumbre en condiciones infrahumanas.
Días más tarde, Medina declaró ante el fiscal del distrito bonaerense de Berazategui Daniel Ichazo y entregó su teléfono celular a los investigadores.
"Él fue absolutamente claro, iba una sola vez por semana (a la comunidad terapéutica), trabajaba de once de la mañana a las cinco de la tarde, cumplía un rol de dar charlas a los chicos y no tiene absolutamente nada que ver con el rol de esta organización", dijo al respecto Tenca.
El letrado indicó que su cliente "cobraba diez mil pesos por charla, que se los transferían a su CBU", y que hacía lo mismo en otras quince fundaciones que trabajan con personas con problemas de adicciones.
Según la resolución, la excarcelación rige con "obligación especial para Rubén Ernesto Durán, Rosana Elizabeth Gómez, Marcelo José Medina, Tatiana Lorena Lanza, Martín Ezequiel Arias, Alfredo Martín Córdoba, Fabiana Edith Canal, Valeria Fernanda Miceli, Damián Alberto Fernández Cáceres, Federico Risso Patrón y Sonia Elizabeth Córdoba, quienes deberán presentarse el primer día hábil de cada mes a las 10" en la sede del juzgado de Florencio Varela.
El juez negó la excarcelación del director de "La Razón de Vivir", Néstor Zelaya, acusado de ser jefe de la organización.
En tanto, el juez negó la excarcelación del director de "La Razón de Vivir", Néstor Zelaya, acusado de ser jefe de la organización, quien la semana pasada se había negado a declarar.
También rechazó la libertad de Eduardo Humberto Zelaya, quien ocupaba el rol de director de la denominada "Quinta 1"; Mariano Jorge Luis Torchia, director de la "Quinta 2", y Jorge Alberto Basílico, director de la "Quinta 3".
La excarcelación "podría entorpecer la investigación, ya que aún restan producirse medidas de prueba que permitan dilucidar la totalidad del suceso delictiva", señaló el juez.
En la resolución consta que uno de los testigos relató "las condiciones habitacionales paupérrimas en las que se hallaban, en dormitorios improvisados donde padecían frío y estaban expuestos a roedores".
Y que tanto "Néstor Zelaya como Eduardo Zelaya les referían si manifestaban disconformidad cosas tales como 'te drogaste como rata y ahora pedís dormir bien'".
Además, el testigo afirmó que "las posibilidades de aseo diario se restringían a un baño de dos minutos, en una franja horaria determinada, mientras que la alimentación se limitaba a polenta, arroz, y fideos blancos, y esporádicamente salsas".
También expuso que la libertad se "encontraba fuertemente restringida" y refirió que estuvo "cuatro meses sin permiso de salida".
Sobre los castigos, apuntó a Néstor Zelaya y Eduardo Zelaya, quienes suspendían salidas y visitas por no cumplir con tareas asignadas como la realización de guardias nocturnas, de hasta 14 días
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