Provinciales Por: INFOTEC 4.0 15 de diciembre de 2023

Anularon polémico fallo de Díaz Lacava: había absuelto a un narco confeso

Dos años después, Casación anuló un polémico fallo del juez Pablol Díaz Lacava, que había absuelto y liberado a una persona que admitió en un juicio abreviado haber transportado 33 kilos de marihuana, porque, según su criterio, la pericia química estaba mal hecha. Ahora habrá un nuevo pronunciamiento judicial sobre el caso.

La Sala 1 de la Cámara Federal de Casación Penal anuló este último jueves otro fallo del juez Pablo Díaz Lacava por el que había absuelto y liberado a un imputado, detenido por la Policía de La Pampa el 17 de diciembre de 2021 en el puesto caminero de Catriló, cuando intentaba transportar 34 kilogramos de marihuana en un ómnibus de la empresa Chevalier con destino a Bariloche. 

Con el voto unánime de los jueces Daniel Antonio Petrone, Carlos Alberto Mahiques y Diego Gustavo Barroetaveña, el máximo tribunal penal del país resolvió anular la resolución de Díaz Lacava, impugnada por la fiscala  federal Iara Silvestre y, en consecuencia, remitir las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento, conforme al criterio sentado por los jueces revisores. 

Señaló el juez Diego Barroetaveña que "la conclusión a la que arriba el juzgador no resulta ser una derivación razonada de las pruebas obrantes en el legajo ni del derecho vigente y, consecuentemente, el fallo a estudio no puede considerarse un acto jurisdiccional válido".

"Advertimos -agregó- que la valoración de la prueba que se realizó en el pronunciamiento recurrido resulta arbitraria y, consecuentemente, el decisorio impugnado no puede ser considerado, tal como adelantamos, un acto jurisdiccional válido en los términos del art. 123 del CPPN, por lo que corresponde disponer su anulación."

En la misma línea, el juez Mahiques detalló que "la irrazonable valoración de la prueba y la omisión de sopesar elementos determinantes constituye un caso típico de arbitrariedad, que afecta al principio de razón suficiente".

"La conclusión a la que arriba el Dr. Díaz Lacava respecto de la inexistencia del requisito de lesividad necesario para afectar al bien jurídico salud pública no constituye una derivación razonada del derecho vigente en relación con las circunstancias comprobadas en la causa. Es, precisamente, el carácter abstracto y discrecional del dictum, lo que priva al fallo de su necesario y razonable sustento legal, descalificándolo como acto jurisdiccional válido", argumentó.

Fuentes tribunalicias evaluaron que el trámite de la causa resultaba de suma importancia para las autoridades provinciales ante la lucha contra el narcotráfico, ya que la decisión del juez puso en duda todos los procedimientos de incautación de estupefacientes de la policía local, como también las pericias efectuadas por el gabinete científico de la Policía Federal Argentina.

Además, porque se trataba de un trámite de juicio abreviado en el cual el imputado, múltiple reincidente y con varios alias registrados, había reconocido la autoría del hecho y aceptado en acuerdo con la Fiscalía una pena de cuatro años para evitar el juicio.

No obstante, el juez decidió absolverlo y ordenar su inmediata libertad, por no estar de acuerdo con el test de cuantificación de THC del material estupefaciente, a pesar de reconocer que existían pruebas suficientes para indicar que se trataba efectivamente de mariguana.

Solicitud de indagatoria

Por otra parte, en la causa que tramita contra el juez Díaz Lacava por amenazas, maltrato laboral y violencia de género, el defensor oficial de Víctimas, Martín García Ongaro, en representación de los querellantes, todos secretarios y secretarias del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa, solicitó el martes pasado se cite a prestar declaración indagatoria al magistrado.

Cabe recordar que la semana anterior, el fiscal General Horacio Azzolin, en forma conjunta con la Fiscal Federal Iara Silvestre, también habían solicitado al juez federal Juan Baric se cite a indagatoria a Díaz Lacava, además de requerir que sea sometido a un examen mental obligatorio.

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