Condenan a una pareja por agresión y amenazas contra su hija adolescente

Un juez de General Pico dictó una pena de un año de prisión en suspenso para los progenitores de una joven de 15 años, tras comprobarse agresiones físicas y amenazas reiteradas. La condena se enmarca en un acuerdo de juicio abreviado.

LA PAMPA | En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a una mujer de 48 años y a un hombre de 56 años como coautores material y penalmente responsables del delito de agresión con arma, amenazas agravadas por el uso de arma y amenazas simples. La pena impuesta fue de un año de prisión de ejecución condicional.

Además, el magistrado estableció que ambos deberán cumplir una serie de reglas de conducta durante dos años, entre ellas: fijar domicilio, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje, y cumplir con un plan de trabajo supervisado por el Área de Acción Social de su localidad. También se les prohibió cualquier tipo de contacto con la adolescente afectada y su hija, salvo excepciones determinadas.

Las pruebas reunidas en la causa permitieron confirmar que el 3 de junio de 2024, en horas de la noche, la adolescente fue agredida por sus progenitores tras advertirles sobre la presencia de un cuchillo en la mesa. En respuesta, ambos tomaron una tabla de madera y la golpearon en las piernas y los brazos sin dejar lesiones visibles. Posteriormente, dejaron la tabla sobre la mesa como una forma de intimidación.

Asimismo, se acreditó que la joven fue sometida a amenazas constantes, generando en ella un profundo temor por su seguridad. Se comprobó que la violencia era una práctica recurrente utilizada por los padres como método disciplinario.

El acuerdo fue presentado por el fiscal Juan Pellegrino, los imputados y su defensor particular. Además, los hermanos mayores de la damnificada fueron informados sobre el acuerdo y manifestaron su conformidad.

En su resolución, el juez Pregno explicó que "el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas". En virtud de ello, la condena quedó establecida en un año de prisión condicional, con la obligación de cumplir estrictamente las normas de conducta impuestas durante los próximos dos años.

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