Economía Por: INFOtec 4.016/08/2025

Este finde largo debutarían las heladeras y cocinas en portaequipajes en la vuelta desde Chile

La aplicación de la carga fiscal a la línea blanca reduce la diferencia de precios entre ambos países y, según el electrodoméstico, puede convenir traerlo o no.

El fin de semana se develará la incógnita de cuántos vehículos cruzarán de regreso desde Chile con heladeras, lavarropas o termotantes visibles en los portaequipajes o las cajas de carga descubiertas de las camionetas. 

Si se confirma el pronóstico meteorológico en la cordillera a partir de este viernes y, pese a las lluvias, el paso a Chile por el Sistema Integrado Cristo Redentor estuvo habilitado en ambas manos entre las 9 y las 21.

De modo que los turistas que hagan una escapada de compras tendrán por primera vez la opción de traer línea blanca.

Desde julio, el Gobierno de Javier Milei permite que estos grandes electrodomésticos ingresen al país como equipaje, pagando la carga impositiva de una importación y sin la franquicia fiscal para eximirlos, como rige para celulares y notebooks. 

Si bien la Dirección General de Aduanas (ARCA) eliminó la prohibición vigente sobre la importación de electrodomésticos de línea blanca para uso personal, esta modificación, formalizada mediante la Instrucción IG‑2025‑3‑E‑ARCA‑DGADUA, habilita a los viajeros argentinos mayores de 16 años a ingresar hasta una unidad nueva por categoría (por ejemplo, una heladera, un lavarropas, un aire acondicionado, etc.), por año calendario, siempre que sea uso propio y sin fines comerciales.

Como antes de decidir habrá que empezar por consultar nomenclatura Mercosur, según cada posición arancelaria, de difícil acceso para el común de la gente, seguramente los que viajen y estén interesados averiguarán in situ y harán cuentas. 

Por ejemplo, aquellos que quieran comprar una heladera, deberán considerar el valor base que le da Aduana y a partir de ese número calcular un 14% de arancel, 21% de IVA, 11% de Ganancias (por ser bien de uso personal) y 2,5% de Ingresos Brutos.

Un caso práctico para tomar sería una heladera nueva facturada en US$ 400, cuya franquicia terrestre es de 300 US$, se excede 100 US$, con lo que pagaría 50 US$ más (50% del exceso).

Si bien se usa el nuevo régimen, el cálculo del arancel se hace de acuerdo al exceso sobre la franquicia terrestre, ya que el régimen general aplica fuera del equipaje tradicional.

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