Pirotecnia en Realicó: sanciones selectivas y un criterio que genera interrogantes
Desde el Ejecutivo local señalaron que la normativa busca “proteger el entorno físico, mental y emocional de toda la comunidad”, e instaron a celebrar de manera responsable. Sin embargo, la información disponible abre interrogantes respecto del criterio utilizado para sancionar y la falta de controles homogéneos en distintos ámbitos donde el uso de pirotecnia es habitual.
Según pudo saber este medio, las actas labradas alcanzaron únicamente a organizadores de eventos puntuales, quienes aseguran que los fuegos artificiales utilizados correspondían a productos adquiridos a empresas nacionales habilitadas, encuadrados dentro de la categoría de fuegos artificiales lumínicos y de bajo impacto sonoro, también conocidos como “pirotecnia amigable”. Este tipo de productos viene siendo promovido a nivel nacional como una alternativa que reduce significativamente el impacto acústico, uno de los principales factores de conflicto en la temática.
En ese sentido, desde la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) destacaron que durante esta Navidad se consolidó en el país el uso de fuegos artificiales lumínicos y de bajo impacto sonoro, una tendencia que se espera continúe de cara a las celebraciones de fin de año, impulsada por campañas de concientización y cambios en los hábitos de consumo.
La situación genera aún más cuestionamientos si se observa que no se registraron controles ni sanciones en espectáculos deportivos, donde es frecuente el uso de bombas de estruendo y otros elementos de alto impacto sonoro, claramente más invasivos que los dispositivos lumínicos utilizados en eventos organizados. Esta disparidad en la aplicación de la norma deja abierta una pregunta central: ¿cuál es el criterio que utiliza el municipio para labrar actas y sancionar infracciones?
A esto se suma un dato que fue claramente percibido por numerosos vecinos: la situación más compleja en Realicó, especialmente en relación con el impacto sobre los animales, se registró alrededor de la medianoche, cuando se escucharon fuertes explosiones de bombas de estruendo arrojadas por particulares, y no durante la madrugada —aproximadamente entre las tres y las cuatro de la mañana— cuando se desarrollaron los espectáculos lumínicos de bajo impacto sonoro. Esta diferencia temporal y de intensidad vuelve a poner en discusión el foco de los controles y el tipo de prácticas que generan mayores consecuencias negativas.
Por otra parte, distintos actores advierten que el control sobre los comercios locales resulta insuficiente, ya que quienes adquieren bombas de estruendo prohibidas por su alto nivel sonoro lo hacen, en muchos casos, a través de plataformas de venta online, fuera del alcance de las inspecciones municipales. En ese contexto, surge un nuevo interrogante que aún no tiene respuesta pública: ¿cómo se mide y quién determina qué constituye un “alto” o “bajo” impacto sonoro al momento de aplicar sanciones?
El debate no parece centrarse únicamente en la necesidad de regular o no el uso de pirotecnia —un consenso ampliamente compartido— sino en la coherencia, equidad y claridad con la que se hacen cumplir las ordenanzas. La falta de precisiones públicas sobre qué tipo de pirotecnia está alcanzada por las sanciones y en qué contextos se realizan los controles alimenta la percepción de decisiones discrecionales y controles selectivos.
En un tema tan sensible para amplios sectores de la sociedad, especialmente para personas con hipersensibilidad auditiva, adultos mayores y animales, la transparencia en la aplicación de las normas aparece como un elemento clave para evitar conflictos y garantizar que las reglas sean iguales para todos.