Peculado: el STJ ratificó la condena contra Muse por 266 hechos y confirmó la inhabilitación perpetua
RUCANELO | El fallo fue dictado por la Sala B del STJ, integrada por los ministros Fabricio Luis Losi y Hugo Oscar Díaz, quienes confirmaron en todos sus términos la resolución previa del Tribunal de Impugnación Penal (TIP), que ya había rechazado el planteo defensivo.
Según quedó probado en la causa, Muse presentó 266 facturas apócrifas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en distintas rendiciones, con el objetivo de justificar erogaciones inexistentes o no coincidentes. De ese modo, logró sustraer fondos públicos que se encontraban bajo su administración, percepción y custodia, por un monto de 3.465.769,50 pesos a valores históricos, cifra que al momento del juicio oral —realizado en mayo del año pasado— ascendía a unos 17 millones de pesos actualizados.
Las maniobras se concretaron mediante el libramiento de cheques “al portador” desde una cuenta corriente de la Comisión de Fomento de Rucanelo en el Banco de La Pampa, incumpliendo las normas vigentes de la Tesorería General y la Contaduría General de la Provincia, que establecen que los cheques deben emitirse cruzados y “no a la orden” para garantizar la trazabilidad de los pagos y evitar este tipo de irregularidades.
El STJ sostuvo que Muse burló deliberadamente los mecanismos de control, afectando la correcta administración del erario público, un bien jurídico protegido por el artículo 261 del Código Penal. Además, remarcó que se desconoce el destino final de los fondos sustraídos.
La condena había sido impuesta originalmente por el Tribunal de Audiencia de General Pico, integrado por la jueza María José Gianinetto y los jueces Marcelo Pagano y Carlos Federico Pellegrino, quienes aplicaron la pena solicitada por el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Armando Agüero. Posteriormente, fue ratificada por el TIP y ahora quedó firme tras el fallo del máximo tribunal provincial.
En su recurso de casación, la defensa particular de Muse, a cargo del abogado Gastón Gómez, alegó violación del principio de inocencia, errores en la valoración de la prueba y ausencia de dolo. Sin embargo, el STJ rechazó todos los argumentos y sostuvo que las maniobras fueron debidamente acreditadas, que el TIP analizó correctamente los planteos defensivos y que no existió arbitrariedad ni afectación al derecho de defensa.
Los ministros concluyeron que la defensa pretendió reabrir cuestiones probatorias ya resueltas y ajenas a la competencia casatoria, e incluso intentó una recalificación del hecho como peculado culposo, lo cual fue descartado de plano.
De este modo, quedó definitivamente confirmada la condena penal y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.