EL MEDANITO: El Poder Ejecutivo propone transición a cargo de Pampetrol
La fuerte inestabilidad y la constante reformulación del sector hidrocarburífero, sumados al exiguo tiempo hasta la finalización del actual contrato, dan sentido al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que ingresará en las primeras horas de mañana a la Cámara de Diputados.
El texto propuesto contiene aportes del Bloque del Frente Justicialista Pampeano. Se trata de un Régimen de Transición Operativa a cargo de Pampetrol, a partir del 19 de junio de 2026 y por el plazo de 24 meses. Esta decisión surge tras la fallida licitación pública, cuyas exigencias no generaron interés en las empresas del sector e, indudablemente, impidieron la presentación de ofertas.
Fundamentos
Como se explica en los fundamentos del proyecto de Ley, la licitación del Área "El Medanito" se desarrolló en un contexto nacional signado por una profunda reconfiguración de la política energética e hidrocaburífera. En los últimos años, el Estado Nacional ha concentrado su estrategia casi exclusivamente en el desarrollo del recurso no convencional de Vaca Muerta, priorizando infraestructura de transporte, exportación y financiamiento asociada a dicho segmento. En paralelo, se ha verificado una ausencia de políticas activas de estímulo específicas para la actividad hidrocaburífera convencional, particularmente en áreas maduras, de menor escala y mayor complejidad operativa.
En el lapso del llamado a licitación desierto, varias provincias tomaron decisiones vinculadas al sostenimiento de la viabilidad de la explotación de sus cuencas convencionales maduras, como lo es El Medanito.
"Reducción de porcentuales en las regalías, alivios en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, a cambio de la exigencia de un programa de reactivación productiva"; "renegociación de concesiones convencionales mediante planes de inversión obligatorios y esquemas de regalías diferenciales, orientados a sostener la actividad en yacimientos maduros"; "reducción de la alícuota de regalías al 9% aplicable exclusivamente a la producción incremental obtenida mediante recuperación terciaria, condicionada al cumplimiento de un programa de inversiones"; "implementación de un programa de promoción de la actividad hidrocaburífera que contempla la reducción de regalías de hasta el cincuenta por ciento (50%) para proyectos que incorporen técnicas de recuperación terciaria (EOR) o que presenten condiciones técnicas, geológicas o económicas desfavorables que dificulten o encarezcan la producción"; "declaración de la emergencia hidrocaburífera en la totalidad de su territorio y ha establecido un régimen integral de incentivos fiscales destinado a promover la exploración y explotación de hidrocarburos en el territorio continental, contemplando reducciones significativas de la carga tributaria y de las regalías, con especial énfasis en las áreas maduras, para las cuales el beneficio puede alcanzar hasta el 50%"; "instrumentación de un plan de fomento destinado a incentivar la continuidad y reactivación de la actividad hidrocaburífera, mediante la reducción transitoria de la alícuota de regalías del quince por ciento (15%) al seis por ciento (6%) durante un periodo inicial de dos (2) años.
Asimismo, el régimen prevé la posibilidad de compensar el canon de superficie con inversiones orientadas a la remediación de pasivos ambientales preexistentes, como mecanismo para promover la recomposición ambiental y facilitar la viabilidad económica de yacimientos con elevado grado de madurez", constituyen un resumen de medidas provinciales al respecto.
Recientemente el Estado Nacional a través del Decreto PEN 59/2026 ha desgravado los derechos de exportación de petróleo crudo proveniente de yacimientos convencionales con el objetivo de sobrellevar esta misma problemática siendo ésta la única excepción al foco que el Estado Nacional ha puesto en Vaca Muerta y al desarrollo del no convencional.
A todo ello se adiciona un contexto de precios inciertos y restricciones financieras que operaron como barrera de entrada para potenciales oferentes.
Función de Pampetrol SAPEM
En el marco del Régimen de Transición Operativa, que tendrá carácter excepcional, transitorio y no prorrogable automáticamente, la empresa pública provincial asumirá la operación y mantenimiento del área, según los siguientes parámetros:
• Garantizar la continuidad operativa, evitar pérdida de empleo y agravamiento de pasivos ambientales.
• Establecer como principio rector obligatorio la preservación de la fuente laboral pampeana en los términos de la Ley provincial 2675.
• Garantizar la continuidad de la producción hidrocaburífera y mitigar su declino natural.
• Evitar el deterioro de las instalaciones y el incremento de pasivos ambientales.
• Preparar la transición ordenada hacia un régimen concesional definitivo que decida oportunamente la Cámara de Diputados.
• Abonar el 15 % de regalías.
• Ejecutar un Plan de Inversiones limitado a erogaciones necesarias para garantizar la continuidad operativa mínima; atemperar el declino natural de la producción; preservar la integridad de las instalaciones; y, cumplir con las obligaciones ambientales vigentes en los términos de esta Ley.
• Celebrar contratos de asociación, servicios, unión transitoria o cualquier modalidad permitida, privilegiando la contratación de empresas pampeanas idóneas para tal fin.
• Acceder a financiamiento exclusivamente para capital de trabajo necesario para el cumplimiento de sus obligaciones.
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