


Abusó de su hijastra y de dos amigas, pero no irá prisión
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La sanción fue convenida en un acuerdo de juicio abreviado entre el fiscal Cristian Casais, el defensor particular José Ramón Rodríguez y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad.
Cabe recordar que, en los casos de abreviados, los magistrados no pueden imponer sanciones más gravosas a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal porque así lo establece el Código Procesal Penal de La Pampa. La sentencia fue dictada por el juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz.
Al jubilado se le probó el delito de abuso sexual simple respecto a las tres niñas; hechos que fueron valorados en el marco de las leyes 26485 de Protección Integral a las Mujeres y 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.


Una de las madres de las víctimas, al ser informada sobre los alcances del acuerdo entre la fiscalía y la defensa, dio su conformidad; mientras que las otras dos dijeron no estar de acuerdo con la pena pactada.
La conducta ilícita del imputado fue la de efectuarle tocamientos a su hijastra de 12 años y a sus amigas de 10 y 12. Ello ocurrió entre fines de diciembre de 2018 y principios de 2019 cuando estas últimas concurrieron a la casa del acusado.
Chapalcaz dispuso, en la parte resolutoria del fallo, que una vez que se encuentre firme le sea comunicado al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual para que el acusado sea incorporado a él.
Finalmente le fijó las siguientes reglas de conducta, durante dos años, en atención a la condicionalidad de la pena: a) fijar residencia, b) someterse al cuidado del Ente de Políticas Sociabilizadoras, c) abstenerse de relacionarse de modo alguno con las víctimas, y d) realizar un tratamiento psicológico.âÂÂ






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