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La procuración general de la nación dictaminó que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del gobierno que pedía suspender las clases fue declarado inconstitucional.
Nacionales29 de abril de 2021Un duro revés para el gobierno. El procurador interino de la nación, Eduardo Casal, presentó esta tarde su dictamen ante la Corte Suprema. En el mismo, señaló que el DNU de Alberto Fernández no está fundamentado y que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud.
Por lo tanto, el decreto de necesidad y urgencia del presidente, que buscaba cerrar las escuelas para volver a la virtualidad, quedó inutilizable y fue declarado como “inconstitucional”.
El gobierno nacional vuelve a sufrir un duro golpe frente a la resolución que dictaminó la procuración general de la nación sobre declarar “inconstitucional” el decreto que dictaminó Alberto Fernández para suspender las clases presenciales, cuando hasta los datos avalaban que era un lugar de poca transmisión.
El procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó este jueves que es inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Alberto Fernández en el cuál suspendió del 19 de abril y, hasta mañana, las clases presenciales en el AMBA, lo que fue objetado en la justicia por el jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta. Además de un amplio sector de la sociedad que se lo hizo saber con manifestaciones en las calles y en las escuelas.
Casal sostuvo en su dictamen, que presentó hace instancias ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el decreto no está fundamentado para tomar una medida como la suspensión de las clases, que depende la ciudad de Buenos Aires por la autonomía que tiene sobre la educación como todas las provincias del país.
El dictamen agrega que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud, en línea con la postura del gobierno porteño. El Ejecutivo le había pedido a la Corte que rechace la demanda. Ahora la Corte Suprema quedó en condiciones de resolverlo.
Gentileza: la 100 radios
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