Lo condenaron a un año y tres meses de prisión condicional por haber apuñalado a otro hombre

El hecho ocurrió el 10 de octubre del año pasado, en un local comercial de Intendente Alvear, en donde el imputado asestó contra el cuerpo del damnificado varias puñaladas, utilizando un cuchillo.

Regionales 12 de mayo de 2021 INFOTEC 4.0 INFOTEC 4.0
Comisaria Intendente Alvear

La jueza de control de General Pico, condenó a Pedro Salvador Mana, de 34 años de edad, como autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones graves”; a la pena de un año y tres meses de prisión de ejecución condicional.

Además ordenó al imputado el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y someterse al control del Ente de políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje Ley 2831; abstenerse de comunicarse, contactarse y acercarse al damnificado y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas en exceso.

Con las pruebas aportadas en la causa, la jueza dio por demostrado que el 10  de octubre del año 2020, siendo aproximadamente las 23.30 horas, en un local comercial de la localidad de Intendente Alvear, el imputado asestó contra el cuerpo del damnificado varias puñaladas utilizando un arma blanca (cuchillo), provocándole lesiones graves que se encuentran debidamente acreditadas: cortes en brazo izquierdo, zona pectoral y espalda. A raíz de las lesiones, la víctima debió ser intervenida quirúrgicamente en el nosocomio local, con una  evolución buena, demorando aproximadamente noventa días para restablecerse completamente.

El acuerdo fue firmado por el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor particular Sebastián Fornasari y el imputado.

El damnificado, al ser informado sobre el acuerdo arribado por las partes, prestó su conformidad.

Sobre la calificación legal  impuesta, la magistrada agregó que “no queda duda alguna que la lesión sufrida por la víctima queda atrapada en el tipo penal del artículo 90 del Código Penal, por cuanto el agredido sufrió una incapacidad laboral, con imposibilidad de poder trabajar por más de treinta días”.

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