


Estafas telefónicas: dos condenadas y todo el dinero recuperado
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Mara Traico (36 años) y Gilda Mitrovich (30), “actuando en connivencia” cometieron dos hechos hace menos de dos semanas, el martes 20 de julio al mediodía. Ellas se comunicaron a los teléfonos fijos de dos mujeres, simulando ser sus nietos, y les expresaron que “el dinero que tenían perdería valor, por lo que estaban esperando el turno en el banco para cambiar los billetes”; agregando que una contadora de la entidad crediticia iría hasta sus domicilios a retirar la plata.
Así fue como se apersonaron a ellas –sendos edificios de departamentos--, retirando en un caso 5.600 dólares –discriminados en billetes de 100 “cara nueva”– y 2.000 euros; y en el otro, 147.200 pesos y “varios fajos de billetes de 100 pesos”.
El conflicto penal se resolvió a través de un juicio abreviado convenido entre el fiscal Máximo Paulucci, el defensor particular Gastón Gómez y las imputadas, quienes admitieron la autoría de lo ocurrido. Las damnificadas, al ser informadas sobre el alcance del acuerdo, también prestaron conformidad.


Las partes acordaron penas de seis meses de prisión en suspenso para Traico y Mitrovich y el cumplimiento de reglas de conducta por dos años (fijar domicilio y someterse al contralor de la Unidad de Abordaje de personas en conflicto con la ley penal) porque no registraban antecedentes penales. Esa, en definitiva, fue la sanción impuesta por el juez de control santarroseño, Gabriel Tedín, en la sentencia.
Entre las pruebas obtenidas por el Ministerio Público Fiscal en estos 13 días figuran registros fílmicos y un informe y el registro vehicular de un auto Renault Kwid.
“Más allá del reconocimiento realizado por las imputadas, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos quedaron debidamente probados (…) En virtud de filmaciones obtenidas, de distintas cámaras de seguridad, se estableció el vehículo en que se conducían Traico y Mitrovich (…); y se logró determinar que Mitrovich fue quien retiró el dinero de los domicilios de las víctimas, quedado ello retratado por filmaciones”, señaló Tedín en el fallo.
El magistrado, además, acotó que las acusadas “desplegaron maniobras engañosas a fin de lograr la disposición patrimonial de parte de las víctimas, habiendo cometido dos hechos que si bien resultan ser sucedáneos en el tiempo, son independientes entre sí, por lo que deben concursar materialmente”.​






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