El Gobierno reglamentó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

En el Boletín Oficial de este sábado, el Gobierno también dispuso la normativa de la ley de los 1000 días.

Provinciales 14 de agosto de 2021 INFOTEC 4.0 INFOTEC 4.0
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El viernes por la medianoche, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Asimismo, también se dispuso la normativa sobre la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, conocida como la ley de los 1000 días.

A través del decreto 516/2021, se establece al ministerio de Salud de la Nación como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.610 y de su reglamentación para dictar las normas correspondientes a esta medida.
El decreto establece que la práctica se llevará adelante bajo el "ejercicio del derecho a la confidencialidad" y se establecen "las condiciones de otorgamiento del consentimiento informado". También se indica cómo se aplicará a "la situación de las personas con capacidad restringida" y se fijan cuáles serán "los supuestos en los cuales los o las profesionales de la salud no podrán alegar objeción de conciencia".

Sobre la objeción de conciencia, la disposición establece que "el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de emergencia, cuando la práctica deba realizarse en forma urgente, pues su no realización inmediata pondría en riesgo la salud física o la vida de la persona gestante".

Otra de las obligaciones que establece la reglamentación es "el deber de confidencialidad" que debe cumplir "toda persona que acceda a la documentación clínica de las prestaciones reguladas" por la ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, por lo cual ningún profesional de la salud "podrá entregar información obtenida en el marco de la atención sanitaria a ninguna persona, salvo que exista orden judicial expresa".

Ley de los 1000 días
Por otro lado, también se publicó también en el Boletín Oficial el decreto 515/2021, a través del cual reglamentó la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, conocida también como de los 1000 días.

En ese sentido, el decreto indica que la cartera sanitaria -en tanto autoridad de aplicación- deberá "establecer las prestaciones que brindará el sistema, definir su cobertura y/o su inclusión en el Programa Médico Obligatorio", y que también tendrá que elaborar "un Plan Nacional de Implementación" con un cronograma público a cumplir.

Según se detalla, habrá un pago una vez por año de "una suma a las personas por cada niño o niña menor de tres años que se encuentre a su cargo, siempre que hayan tenido derecho al cobro de la AUH para protección social dentro del año calendario, y acrediten el cumplimiento del plan de vacunación y control sanitario".

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