
El fiscal Ricardo Sáenz dijo que “nunca se van a conocer los autores materiales” de la muerte de Nisman
De todos modos, el fisscal destacó la investigación que se sigue para dar con los autores intelectuales.


El Tribunal de Impugnación Penal confirmó hoy una condena contra un joven de 25 años, a 12 años de prisión por ser autor de los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo –un hecho–, y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo –tres hechos–; todo en concurso real y en perjuicio de una hermana.
Judiciales10/09/2021
INFOTEC 4.0






Los integrantes de la Sala B, el juez Fernando Rivarola y la jueza María Eugenia Schijvarger así lo hicieron saber al no hacer lugar al recurso de impugnación del defensor oficial de General Pico, Héctor Alberto Freigedo, y de esa modo ratificar el fallo que la jueza de audiencia de esa ciudad, María José Gianinetto, dictara el pasado 28 de mayo.


Los hechos probados, al menos cuatro, ocurrieron desde que la hermana del imputado tenía 10 años y se produjeron en distintos lugares.
La defensa consideró que Ginanetto efectuó una errónea valoración de la prueba, que al fallo le faltó fundamentación y que existieron dudas razonables para que el acusado sea absuelto por aplicación del principio ‘in dubio pro reo’.
Rivarola y Schijvager, en cambio, manifestaron que la totalidad de la prueba reunidas –después de ser analizadas por ellos– “convalidaron el relato de la víctima” y “permitieron conformar un cuadro convictivo con entidad suficiente para acreditar la materialidad de los hechos investigados (…), sin que se adviertan deficiencias en la fundamentación de la sentencia”.
“La sentencia atacada (por la defensa) fue correcta y siguió los lineamientos de la sana crítica racional, toda vez que sus fundamentos sirvieron para afirmar que existió una relación necesaria entre los indicios, la prueba directa y la conclusión; permitiendo sustentar válidamente la declaración de certeza que requiere una sentencia condenatoria –agregaron–. No se advirtió en el resolutivo una valoración arbitraria o sesgada con relación a la totalidad de la prueba producida”.
“En suma –subrayó el TIP–, los relatos de las víctimas, las declaraciones testimoniales y los demás elementos de prueba otorgaron verosimilitud a los hechos denunciados y descartaron la postura exculpatoria esgrimida por el imputado, que negó su participación en los hechos”.
Yendo un poco más allá, el Tribunal planteó: “A la luz de lo analizado deberíamos preguntarme, ¿qué beneficio obtendría la víctima en denunciar a su hermano por tan infamante? A simple vista no se advirtió que la menor hubiera adquirido alguno, ya que sufrió graves daños sicológicos (…) Es decir, que no guardaron relación las consecuencias sicológicas que sufrió la menor con el ‘posible’ beneficio que obtendría, cual sería vengarse del padre, según lo expresado por este, es decir que ello carece de eficacia para lograr la desincriminación del imputado”.
Finalmente, con respecto a la pena, Rivarola y Schijvarger la justificaron y hasta la calificaron de “acertada, justa, prudente y equitativa”; agregando que “no se advirtió en la sentencia (de Gianinetto) una violación de las reglas de la lógica y la sana crítica, pues tuvo elementos de motivación suficientes –fácticos y jurídicos– que la justificaran”.​





De todos modos, el fisscal destacó la investigación que se sigue para dar con los autores intelectuales.

Es por la presunta apropiación indebida de más de $19.000 millones.

Días atrás, la Justicia confirmó que el autor es el pintor italiano Giacomo Antonio Melchiorre Ceruti, conocido como “Il Pitocchetto”.

En un comienzo, se había atribuido al retratista Giuseppe Ghislandi, pero los peritajes informan que el autor es otro pintor italiano.

La entidad sostuvo que cumplió con todas las obligaciones legales y denunció irregularidades administrativas del organismo de control.

La audiencia se realizó este viernes en el Centro Judicial Santa Rosa. El Ministerio Público Fiscal rechazó el beneficio al advertir que el condenado conviviría con niños y cuestionó la validez de los cursos que redujeron su pena.







Ocurrió a primera hora de hoy entre Parera e Ingeniero Luiggi. Una Ford F-100 y una Toyota Hilux terminaron sobre la banquina tras el impacto. Uno de los rodados volcó luego dle impacto. Los ocupantes de Quetrequén debieron ser asistidos por personal de salud.

El siniestro ocurrió a la altura del kilómetro 290, cerca de La Reforma. El conductor del auto quedó atrapado y debió ser rescatado por Bomberos; ambos ocupantes fueron trasladados al Hospital de General Acha.

Advirtieron que las naciones europeas podría aplicar salvaguardas para proteger a sectores claves del campo.

El siniestro ocurrió a la altura del kilómetro 240. Impactaron una Ford Ranger y un Chevrolet Prisma. Las víctimas fatales son un hombre y una mujer que viajaban en el rodado menor.

Paolo De La Fuente, oriundo de Colonia Barón, falleció tras dos semanas de agonía. Había sido embestido y atacado a balazos en un presunto ajuste de cuentas donde el agresor se habría equivocado de persona. Le efectuaron 15 disparos.

El argentino anotó su primer tanto en el certamen continental y llegó a tres con la casaca del Merengue

La víctima, de 17 años, recibió un disparo en el hemitórax derecho. Hay otros dos heridos.

El mandatario estadounidense habló en el Foro Económico Mundial de Davos, donde, además, apuntó contra Europa.







