
La Justicia excarceló a tres militantes acusados en la causa por el escrache en la casa de Espert
El Juzgado Federal N.º 1 de San Isidro ordenó este sábado la excarcelación de Iván Díaz Bianchi, Aldana Muzzio y Candelaria Montes.
El Tribunal de Impugnación Penal confirmó hoy una condena contra un joven de 25 años, a 12 años de prisión por ser autor de los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo –un hecho–, y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo –tres hechos–; todo en concurso real y en perjuicio de una hermana.
Judiciales10 de septiembre de 2021Los integrantes de la Sala B, el juez Fernando Rivarola y la jueza María Eugenia Schijvarger así lo hicieron saber al no hacer lugar al recurso de impugnación del defensor oficial de General Pico, Héctor Alberto Freigedo, y de esa modo ratificar el fallo que la jueza de audiencia de esa ciudad, María José Gianinetto, dictara el pasado 28 de mayo.
Los hechos probados, al menos cuatro, ocurrieron desde que la hermana del imputado tenía 10 años y se produjeron en distintos lugares.
La defensa consideró que Ginanetto efectuó una errónea valoración de la prueba, que al fallo le faltó fundamentación y que existieron dudas razonables para que el acusado sea absuelto por aplicación del principio ‘in dubio pro reo’.
Rivarola y Schijvager, en cambio, manifestaron que la totalidad de la prueba reunidas –después de ser analizadas por ellos– “convalidaron el relato de la víctima” y “permitieron conformar un cuadro convictivo con entidad suficiente para acreditar la materialidad de los hechos investigados (…), sin que se adviertan deficiencias en la fundamentación de la sentencia”.
“La sentencia atacada (por la defensa) fue correcta y siguió los lineamientos de la sana crítica racional, toda vez que sus fundamentos sirvieron para afirmar que existió una relación necesaria entre los indicios, la prueba directa y la conclusión; permitiendo sustentar válidamente la declaración de certeza que requiere una sentencia condenatoria –agregaron–. No se advirtió en el resolutivo una valoración arbitraria o sesgada con relación a la totalidad de la prueba producida”.
“En suma –subrayó el TIP–, los relatos de las víctimas, las declaraciones testimoniales y los demás elementos de prueba otorgaron verosimilitud a los hechos denunciados y descartaron la postura exculpatoria esgrimida por el imputado, que negó su participación en los hechos”.
Yendo un poco más allá, el Tribunal planteó: “A la luz de lo analizado deberíamos preguntarme, ¿qué beneficio obtendría la víctima en denunciar a su hermano por tan infamante? A simple vista no se advirtió que la menor hubiera adquirido alguno, ya que sufrió graves daños sicológicos (…) Es decir, que no guardaron relación las consecuencias sicológicas que sufrió la menor con el ‘posible’ beneficio que obtendría, cual sería vengarse del padre, según lo expresado por este, es decir que ello carece de eficacia para lograr la desincriminación del imputado”.
Finalmente, con respecto a la pena, Rivarola y Schijvarger la justificaron y hasta la calificaron de “acertada, justa, prudente y equitativa”; agregando que “no se advirtió en la sentencia (de Gianinetto) una violación de las reglas de la lógica y la sana crítica, pues tuvo elementos de motivación suficientes –fácticos y jurídicos– que la justificaran”.​
El Juzgado Federal N.º 1 de San Isidro ordenó este sábado la excarcelación de Iván Díaz Bianchi, Aldana Muzzio y Candelaria Montes.
La sentencia se conoció este viernes en la citada provincia donde Cositorto está acusado de estafas.
La jueza Sandra Arroyo Salgado le otorgó la prisión domiciliaria a Alexia Abaigar, la funcionaria acusada de atacar con excremento la casa del diputado Espert.
En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de control de General Pico, Ana Laura Ruffini, condenó a Marcelo Alberto Martín, como autor material y penalmente responsable del delito de fraude contra la administración pública como delito continuado – 22 hechos-; a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua.
La suma es por el daño estimado por la maniobra sistemática de corrupción en la adjudicación de obras viales en Santa Cruz. Aclararon que debe actualizarse.
En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó a un hombre de 29 años, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo -tres hechos-; a la pena de siete meses de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa declaración de reincidencia.
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