El Ejecutivo giro a Diputados proyecto sobre licencia excepcional por COVID-19

Tal como se había anunciado, el Poder Ejecutivo de La Pampa remitió a la Legislatura Provincial para su análisis y tratamiento el proyecto de Ley con el que se pone a su consideración otorgar una Licencia Excepcional a aquellos agentes públicos provinciales que sean diagnosticados de Covid-19.  

Provinciales 29 de enero de 2022 INFOTEC 4.0 INFOTEC 4.0
Diputados 2021

Fundamentos del proyecto
Cabe manifestar que hasta el día 31 de diciembre de 2021 por normativa nacional la enfermedad COVID-19 producida por el virus SARS-CoV-2 se consideraba presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- en los términos del apartado 2, inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 24.557, respecto de la totalidad de las trabajadoras y los trabajadores dependientes incluidas e incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo. Razón por la cual, el financiamiento de dichas prestaciones era imputado al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales.

A partir del 1 de enero del corriente año, dicha presunción únicamente continua vigente respecto del personal de salud y fuerzas de seguridad federales y provinciales que cumplan servicio efectivo.

En razón de expuesto, los distintos gremios que representan a los agentes públicos provinciales, han solicitado a este Poder Ejecutivo que los descuentos que corresponderían por las inasistencias en la que incurran los agentes con motivo de haber sido diagnosticados con Covid-19, no les sean aplicados.

Por ello, siendo lo solicitado una facultad que corresponde a la Cámara de Diputados, en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 inciso 5) de la Constitución Provincial, es que se proporciona el presente proyecto de Ley a los fines de que los señores y las señoras diputados, analicen la viabilidad de lo peticionado por los distintos gremios.

Así, de manera resumida, el proyecto prevé que se otorgue una licencia excepcional a los agentes públicos provinciales que sean diagnosticados con Covid-19, siempre que acrediten tal circunstancia y que al momento del diagnóstico positivo se encontraren cumpliendo funciones en forma presencial.

La licencia a otorgarse, de así considerarlo los integrantes de la Cámara de Diputados, abarcaría los días comprendidos entre la fecha de diagnóstico y la fecha de alta y no afectaría la percepción de las remuneraciones normales y habituales. La excepcionalidad tendría como límite temporal el día 30 de junio de 2022.

Por todo lo expuesto, y en razón de la urgencia que la temática puesta a consideración merece, es que solicito a esa Cámara de Diputados el pronto tratamiento del proyecto de Ley que se adjunta.
 

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