Prisión condicional para un médico que emitió un certificado trucho

El juez de audiencia de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a Roberto Omar Rubiano, de 53 años, como autor material y penalmente responsable del delito de emisión de certificado médico falso y como partícipe necesario en el delito de fraude a la administración pública, a la pena de  dos años de prisión de ejecución condicional. 
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Además le estableció la siguiente regla de conducta, por el término de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley y al Ministerio Público Fiscal.   

El juicio tuvo lugar el 10 de febrero del corriente año, con la actuación unipersonal de Pellegrino, la intervención del fiscal general Armando Agüero y el defensor particular Pablo Rodríguez Salto. 

En sus alegatos de inicio el fiscal acusó al imputado de haber extendido el 8 de septiembre de 2017, un certificado médico falso a una docente, en el que se indicaban 7 días de reposo (desde el 8 de septiembre, hasta el 15 de septiembre de 2017) con diagnóstico pielonefritis aguda, siendo que la paciente al momento del examen médico no presentaba esa enfermedad. El mismo fue otorgado con la finalidad de que la docente lo presentara en su lugar de trabajo y pueda utilizar una licencia por enfermedad con goce de haberes, mientras efectuaba un viaje al exterior (desde el 9 de septiembre de 2017, hasta el día 18 de septiembre de 2017) que había sido programado con varios meses de antelación a la fecha en que se realizó, perjudicando mediante esta maniobra el erario público provincial. 

El hecho por el que le médico es juzgado se enmarca en la denuncia efectuada por la Fiscalía de Investigación Administrativas de ésta provincia, con fecha 13 de junio de 2018, donde resultó imputada Marinelva Radimak, docente de la localidad de Caleufú, por los delitos de fraude a la administración pública y uso de certificado médico falso, en virtud de haber utilizado un certificado médico extendido con fecha 8 de septiembre de 2017, en el que se indican 7 días de reposo, habiendo viajado al exterior el día 9 de septiembre del mismo año, regresando el día 18 del mismo mes, utilizando pasajes aéreos que fueron comprados el 16 de febrero de 2.016. En dicho proceso la imputada resultó condenada mediante un acuerdo de juicio abreviado, a la pena de dos años de prisión de ejecución en suspenso e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos. 

En el juicio desarrollado el  10 de febrero pasado se juzgó la conducta del imputado Rubiano, que resultó ser quien extendió el certificado médico cuestionado. 

Con el otorgamiento del certificado falso, el imputado se convirtió en partícipe necesario en el fraude a la administración pública provincial, efectuado por Radimak. “La participación del imputado Rubiano resulta determinante para que aquel se pudiera consumar. Sin el certificado extendido no hubiese resultado posible lograr el fin propuesto, de allí que la participación del médico otorgante deviene como necesaria, para la comisión del delito por parte de quien era empleada pública”. 

En los alegatos de clausura el representante del Ministerio Público Fiscal, solicitó una condena de dos años de prisión de ejecución en suspenso y la regla de conducta consistente en la fijación de domicilio. Por su parte, el defensor solicitó la absolución de su defendido. 

En el entendimiento que el imputado es responsable por la comisión del delito de emisión de certificado falso y partícipe necesario en el delito de fraude a la administración pública y al momento de merituar la pena a imponer, el juez entendió que el pedido de pena solicitado por el fiscal “resulta justo, proporcional y razonable, (…) que ante la ausencia de antecedentes condenatorios en la persona del imputado, será de ejecución condicional, con la aplicación de la regla de conducta solicitada”. 

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