Control de precios: la Secretaría de Comercio busca sumar a provincias y municipios

Las tareas inherentes a la inspección, como también a las infracciones cometidas en las provincias y que afecten exclusivamente al comercio de sus respectivas jurisdicciones, "serán juzgadas en sede administrativa por los organismos que determine cada una de ellas”.
Nacionales19/10/2022INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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Será para tareas inherentes a la inspección, control y contravención del Programa Precios Cuidados.

El Ministerio de Economía instruyó a la Secretaría de Comercio a celebrar convenios de colaboración con las autoridades provinciales y de la ciudad de Buenos Aires (CABA), y los municipios de todo el país para que realicen todas las tareas inherentes a la inspección, control y contravención del Programa Precios Cuidados.

La medida se tomó a través de la resolución 701/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, donde se precisa que “las infracciones cometidas en las provincias y que afecten exclusivamente al comercio de sus respectivas jurisdicciones serán juzgadas en sede administrativa por los organismos que determine cada una de ellas”.

Además plantea que “las autoridades municipales deberán resguardar el derecho de defensa de los presuntos infractores y asegurar el buen curso de las investigaciones y procedimientos administrativos”.

También señala que “las entidades locales adherentes ejercerán sus funciones de conformidad a las pautas técnicas que establezca Comercio, la cual brindará la asistencia técnica y cooperación que le sean requeridas para la correcta fiscalización, control, contravención e implementación de Precios Cuidados, por cada una de las provincias, los municipios del país y CABA”.

Del mismo modo puntualiza que “las contravenciones que den lugar a la aplicación de multas y su graduación por incumplimiento del programa, cuando sea aplicada por las autoridades locales, se basarán en las pautas que establezcan las resoluciones de Comercio”.

Por último indica que la Secretaría “transferirá mensualmente a la autoridad local correspondiente, el 25% del producido de las multas aplicadas en su distrito, en concepto de retribución por los gastos operativos generados”.

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