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El máximo tribunal convalidó la pena por los delitos de de “asociación ilícita, en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión, en calidad de coautora”.
Nacionales15/12/2022
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La Corte Suprema dejó firme la condena a 13 años de prisión por asociación ilícita contra la dirigente social jujeña Milagro Sala, quien cumple actualmente con domiciliaria en su provincia.


Los jueces del máximo tribunal ratificaron la condena dictada por el Tribunal en lo Criminal número tres de Jujuy, que dispuso además la “inhabilitación absoluta por el mismo término” para Sala por los delitos de “asociación ilícita, en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión, en calidad de coautora”.
La condena sostiene que Sala implementó “un sistema de recaudación ilegal a costa del erario público, en el marco de programas federales y provinciales de construcción o mejoramiento de viviendas, que tuvo por finalidad el injusto provecho de la jefa e integrantes de la asociación ilícita”.
En un fallo de medio centenar de páginas, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron que no estaba habilitada la instancia de la Corte Suprema para la revisión del fallo.
No obstante, analizaron las conclusiones de todas las instancias anteriores y rechazaron los planteos de la defensa de la líder de la Túpac Amaru.
El fallo sostiene que la defensa de Milagro Sala “no se hizo cargo de controvertir los argumentos esgrimidos por los tribunales locales para desestimar los agravios referidos a la presunta vulneración al derecho de defensa en juicio, derivados del rechazo de parte de la prueba ofrecida, la indeterminación de la imputación en su contra y la infracción del principio de congruencia”.
La Corte le restó trascendencia al caso de Milagro Sala, en términos políticos: “tampoco se halla configurada la gravedad institucional alegada, en tanto este planteo no cuenta con un desarrollo suficiente con relación a la existencia de un interés que exceda el individual de la parte y afecte de manera directa al de la comunidad o el funcionamiento de las instituciones básicas de la Nación”.
La Corte tomó por válidas todas las pruebas utilizadas en las instancias anteriores para dictar la condena y sostuvo que los cuestionamientos planteados por la defensa de la dirigente social jujeña son “meras discrepancias” con lo resuelto.
“Esa mera discrepancia con lo resuelto elude rebatir los argumentos que convalidaron esos hechos, suficientemente determinados por los jueces de la causa por medio de las declaraciones de quienes se tuvo por probado fueron sus víctimas, la de otros testigos y por prueba documental”, justificaron los jueces del alto tribunal.
En ese sentido, asignaron especial valor probatorio contra Sala a “los cheques y facturas involucrados en estos hechos- de la que también surgían los datos fácticos relevantes”.
La Corte también le creyó a los testigos de cargo que declararon a lo largo del proceso y que fueron objetados por Sala.
“La crítica (de la defensa) importa un cuestionamiento dogmático a la credibilidad de los testigos cuyos dichos fueron tomados en cuenta, la que resulta insuficiente”, sostuvieron.
Esos cuestionamientos de la defensa de Sala se basaron “en una aseveración unilateral que por un lado no se ajusta –por falta de correspondencia- a los concretos fundamentos del fallo apelado, ni tampoco los refuta por omitir toda crítica al respecto”.
“Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas”, dijeron los jueces al explicar por qué no debían adentrarse en la revisión de los decidido por la Justicia de Jujuy.
“Los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario, salvo que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente”, lo que –según los jueces- no ocurrió en este caso.





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El director de Defensa Civil de la Provincia de Buenos Aires, Fabián García, llevó tranquilidad a los vecinos tras la explosión e incendio registrados en un sector del parque industrial de Ezeiza, al asegurar que la situación “nunca representó un riesgo grave para la gente”, pese al humo denso y a la incertidumbre inicial que generó el siniestro.

El intendente Gastón Granados dijo que el fuego es “incontrolable”. Hay 20 heridos, evacuados y la autopista Ezeiza-Cañuelas cortada.

El Presidente despejó las dudas sobre el tributo que incluye a más de cuatro millones de personas. De esta manera, rechazó cualquier alteración al sistema vigente.

Los legisladores electos ya tienen fecha para asumir en sus cargos.

Tras el anuncio de la inversión por USD 4.500 millones en Vaca Muerta







Un trágico episodio conmocionó este jueves a la localidad de Rancul, donde un operario rural perdió la vida luego de recibir una fuerte descarga eléctrica mientras realizaba tareas de limpieza en una máquina fertilizadora. El hecho ocurrió en el establecimiento rural “Damasco”, aproximadamente a las 17:45 horas.

Un siniestro vial ocurrido esta madrugada en la Ruta Nacional 188, a unos 1000 metros al oeste del cruce con la Ruta Provincial 1, provocó la interrupción total del tránsito durante varias horas. El hecho fue confirmado por el oficial Tolosa, quien se encuentra temporalmente a cargo de la comisaría de Bernardo Larroudé.

Matías Ferrando, un joven investigador oriundo de Realicó, integra el equipo mendocino reconocido internacionalmente por un estudio que identifica cambios genéticos y proteicos capaces de predecir la progresión de lesiones orales. El proyecto, premiado en la XIX Reunión de la AIPMB, podría transformar la detección temprana y el tratamiento del cáncer oral esporádico, uno de los más silenciosos y difíciles de diagnosticar.

El siniestro ocurrió este viernes por la tarde en la intersección de Luro y Bertera. La víctima, Hernán Ferretti, circulaba en moto cuando habría intentado esquivar a un auto y perdió el control del rodado. La provincia ya registra 46 muertes en lo que va del año por hechos de tránsito.

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La biblioteca Florentino Ameghino fue escenario de una presentación cargada de emoción y sentido familiar: el lanzamiento oficial de “Un largo día”, el libro escrito por Melina Ruth Casale e ilustrado por su tía, Nidia Hebe Casale, publicado por Editorial Dunken y ya disponible en comercios locales.

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Norberto Francisco Rivero a la edad de 94 años. Casa de duelo calle Primera Junta 1676. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 15 de Noviembre de 2025 a las 17:30 horas, previo responso en la sala.

El mediodía de este sábado dejó una postal tan bella como inusual en el cielo de Rancul. Marina Vara, vecina de la localidad, registró con su teléfono móvil un fenómeno meteorológico poco frecuente: nubes iridiscentes, una formación que suele llamar la atención por sus tonos pastel que recuerdan a los colores de una mancha de aceite sobre el agua.







