Un condenado por violencia de género

El juez Daniel Sáez Zamora  dictaminó una condena de un año y ocho meses de prisión efectiva por amenazas de muerte a su pareja.
Provinciales10/03/2023INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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Foto gentileza: El diario

Un hombre fue condenado a un año y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo por amenazar de muerte a su pareja con un arma de fuego, en un contexto de intimidación y violencia de género. Además se ordenó su detención inmediata.

La sentencia fue dictada por el juez de audiencia de Santa Rosa, Daniel Alfredo Sáez Zamora, en perjuicio de Nazareno Martín Rosignolo. El imputado, de 42 años, fue hallado culpable de los delitos de delitos de amenazas calificadas por el uso de arma de fuego, en concurso real con tenencia de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal; todo ello en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contras las Mujeres.

Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, el magistrado dio por probado que Rosignolo, durante una discusión con la víctima, "profirió palabras intimidantes, al tiempo que empuñó una pistola Bersa Thunder 9 milímetros. En un momento, luego de descargar el arma, tomó la munición y le dijo a su pareja: 'primero vas vos'".

Sáez Zamora indicó que el hecho se produjo en "un contexto de intimidación y violencia constante" durante el tiempo de relación de la pareja, y agregó que en ese momento el agresor "no contaba con la autorización legal para la tenencia de la pistola, ya que se encontraba vencida".

"Los hechos se desarrollaron en un ámbito de violencia de género, en el que Rosignolo actuó con una clara intención de dominación hacia la víctima, afectando en forma ilegítima su libertad y el ejercicio voluntario de sus actos –y por ende de sus derechos– por la sola condición de ser mujer", remarcó.

Más adelante, el magistrado expresó que "en casos como este, los hechos raramente se producen frente a terceros testigos, ya que ocurren en ámbitos domésticos o de intimidad. Es por ello que al momento de ponderar las pruebas, además de tener en cuenta las reglas del Código Procesal Penal, debo estar a lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley 26485, que permite valorar los indicios cuando ellos sean graves, precisos y concordantes. Aquí, además de existir prueba directa de alta calidad probatoria, la fiscalía logró aportar indicios que permitieron articular las distintas piezas que sirvieron para recrear el hecho en forma completa".

Además el juez dispuso la prisión preventiva del acusado hasta la finalización del proceso y por eso ordenó su detención inmediata, y el decomiso del arma, que había sido secuestrada durante la investigación fiscal preparatoria.

Las resoluciones de Sáez Zamora sobre la calificación legal, la pena y la preventiva coincidieron en un todo con los pedidos del fiscal Cristian Casais durante el alegato de cierre. En cambio, el defensor particular, Javier Horacio Díaz (h), había requerido la absolución del imputado por ambos delitos.?

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