


Comercios no podrán manipular tarjetas de débito o crédito de los usuarios
INFOTEC 4.0






El gobernador Sergio Ziliotto promulgó la ley que regula la manipulación en el uso de tarjetas de crédito y débito en la provincia de La Pampa, a los fines de evitar su uso indebido y proteger a los consumidores de bienes y servicios. La ley 3561 había sido sancionada el pasado 19 de octubre en la Legislatura provincia.
A partir de ahora, se prohibe a los proveedores de servicios o comercios requerir la entrega de tarjetas de débito o crédito a los titulares o adicionales para realizar operaciones. Las tarjetas deben ser manipuladas únicamente por los titulares o usuarios a cuyo nombre se han emitido.
El proyecto de ley fue aprobado por unanimidad. Fue impulsado por los legisladores Espartaco Marín, José González, Valeria Luján, Estela Guzmán y Carina Pereyra, Francisco Torroba y Matías Traba.


El postnet o dispositivo de cobro deberá estar ubicado en un lugar visible que permita su fácil y cómoda utilización de parte del titular de la tarjeta. El proveedor o comercio adherido al sistema de tarjetas de débito o crédito deberá acondicionar, en el plazo de sesenta (60) a partir de la entrada en vigencia de la presente, sus dispositivos de cobro electrónico.
Para realizar una operación comercial, los proveedores de servicios o comercios deberán requerirle al titular que exhiba las tarjetas de modo que puedan verlas adecuadamente para constatar que los datos y la firma contenidos en ellas coincidan con los del documento nacional de identidad de quien las porta.
La autoridad de aplicación de la ley es la Dirección General de Defensa del Consumidor que depende del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos. La autoridad de aplicación deberá instumentar una campaña de concientización y capacitación respecto del uso de tarjetas; y acciones y políticas que tengan como objetivos la modernización de las tarjetas de débito por aquellas que tenga chip contacless,o la tecnología de última generación vigente.
El incumplimiento de la ley hace pasible al infractor de las sanciones previstas por la Ley de Defensa del Consumidor.






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