Megaestadio: El STJ rechazó la demanda de la empresa INARCO contra la provincia

Los jueces del STJ concluyeron que son válidos todos los actos administrativos que realizó la provincia para responsabilizar a Inarco de los "vicios ocultos" que tiene el Megaestadio.
Provinciales10/03/2024InfoTec 4.0InfoTec 4.0
MEGAESTADIO

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó la demanda que inició la firma Inarco SA contra la provincia para que se declaren nulos los actos administrativos que determinaron la existencia "vicios ocultos" en la construcción del Megaestadio de Santa Rosa.

Es el segundo revés que sufre la firma que no pudo terminar de construir el Megaestadio por errores de cálculo en la estructura del techo. Antes, el STJ y la Corte Suprema le rechazaron la demanda por la rescisión del contrato para hacer el polideportivo de Santa Rosa.

Ahora, los jueces del STJ, José Sappa y Eduardo Fernández Mendía, dijeron que todos los actos administrativos que realizó la provincia que determinaron que había "vicios ocultos" en la construcción del Megaestadio y que son responsabilidad de Inarco, son válidos. Si bien, la firma constructora puede intentar ir a la Corte Surprema, queda expuesta a que la Provincia la demande por una cifra multimillonaria. Por eso, el año pasado, el gobernador Sergio Ziliotto solicitó al STJ que trabe medidas cautelares sobre los bienes de INARCO.

Desde el Gobierno provincial explicaron que "como consecuencia de los vicios ocultos hallados en la ejecución de la obra original a cargo de la empresa Inarco S.A. para la finalización de la obra se deberá realizar la preparación, armado, llenado de pilotes y micropilotes, como así también sus cabezales y vigas de fundación correspondientes".

"Asimismo, se deberán ejecutar 498 nuevos micropilotes, de longitud promedio 12,50 m., que servirán de refuerzo en la fundación existente y la correspondiente vinculación a columnas de hormigón armado construidas según diseño original de la estructura. Sólo esos trabajos están valuados al mes de julio de 2023 en la suma cercana a los 2 mil millones de pesos", indicaron.

Expediente

La firma fundada por Héctor Mohedano -quien falleció en 2019- inició una demanda contencioso administrativa contra la Provincia pidiendo la nulidad de los actos que la hacen responsable de los "vicios ocultos" que se descubrieron cuando la empresa Cinter fue contratada para terminar la obra. Cinter pudo colocar el techo.

Inarco pidió la nulidad cuestionando "que el plazo para la denuncia de los vicios oculto caducó; que se afectó el debido proceso porque no se dio intervención en forma previa a la emisión del acto administrativo que declaró la existencia de los referidos vicios; el acto administrativo que declaró la existencia de los vicios ocultos, y sus consecuentes, son arbitrarios". Los jueces del STJ le rechazaron todos esos planteos.

En el fallo, recordaron que en abril de 2018 la firma Cinter ganó la licitación para montar el techo. "Fue en el marco de ejecución de esa obra en la que se estableció que el contratista (Cinter SRL) debía realizar la verificación del comportamiento general de la estructura con el fin de asegurar el correcto funcionamiento del conjunto y de los elementos estructurales que conforman el edificio", explica el fallo.

"Así, el 4 de junio de 2019, Cinter SRL presentó la Nota de Pedido 59 en la que informaba de las excavaciones para descubrir la estructura de los cimientos de la obra civil oportunamente ejecutados por el anterior contratista y que se verificaron pilotes que, entre otras características, no presentaban bulbos de apoyo. Ese hecho, al cotejarlo con los planos aportados por el ingeniero Eduardo Piehl, pondría de manifiesto vicios ocultos en las tareas encomendadas por contratistas ejecutores de la obra preexistente", detalla.

"Con la realización de las evaluaciones, se llegó a la conclusión que la ejecución de las fundaciones ejecutadas por INARCO SA presentaba deficiencias en la estructura de hormigón, que no habían sido evidenciadas hasta ese momento y que esas deficiencias producían la imposibilidad de concluir la obra", afirma.

"A partir de ello es que, Fiscalía de Estado, a través de la resolución 034/19, fechada el 31 de julio de 2019 resolvió denunciar la existencia de vicios ocultos en la obra "Polideportivo Ciudad de Santa Rosa – La Pampa", a la empresa Inarco SA", .

"Como puede advertirse, la denuncia de vicios ocultos por parte del Estado provincial fue realizada dentro del plazo decenal establecido por el artículo 1646 –cuyo cómputo debe realizarse desde el 22 de julio de 2015– y notificado dentro de los sesenta días de conocidos", concluyeron los jueces.

"En lo demás, las resoluciones nº 034/19 –denunció la existencia de vicios ocultos– y 05/20 –rechazó el recurso de reconsideración– y el decreto 3324/21, que rechazó el recurso jerárquico, no revisten el carácter de irrazonables ni arbitrarios", afirmaron.

Sobre la caducidad del plazo para denunciar vicios ocultos, el STJ sostuvo que "como puede advertirse, la denuncia de vicios ocultos por parte del Estado provincial fue realizada dentro del plazo decenal establecido por el artículo 1646 –cuyo cómputo debe realizarse desde el 22 de julio de 2015– y notificado dentro de los sesenta días de conocidos. Así, se concluye que es improcedente la defensa de caducidad planteada por la parte actora con fundamento en el artículo 1055, inciso a), del Código Civil y Comercial por ser inaplicable al caso".

Polideportivo

Durante la primera gestión del exgobernador Carlos Verna (2003-2007) se proyectó la construcción del Megaestadio. El estadio cerrado, emplazado a metros de la Laguna Don Tomás, debía inaugurarse para los Juegos de la Araucanía que se iban a desarrollar en La Pampa en la segunda mitad del año 2007. Sin embargo, Inarco no pudo cumplir con los plazos, producto de un error de cálculo en la estructura del techo del que la firma piquense se hizo cargo.

Pasaron los dos mantados de Oscar Mario Jorge y a pesar de las ampliaciones en los plazos, la empresa no pudo finalizar los trabajos. En 2015 el gobierno le dijo que ya no tenía más plazo para continuar.

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