


Persecución policial y detención de furtivos de Venado Tuerto en el oeste pampeano
InfoTec 4.0






VICTORICA | El operativo tuvo lugar alrededor de las 5.30 de la madrugada, sobre la Ruta Provincial 14, cerca del Puesto Caminero de El Durazno.
PERSECUCIÓN
Durante un patrullaje de prevención, los agentes observaron una pick-up Toyota Hilux blanca que se negó a detenerse ante la orden policial. Tras una persecución de 15 kilómetros, el vehículo finalmente se detuvo. Tres personas eran de Venado Tuerto, Santa Fe, junto a un hombre de Luan Toro.
“Los ocupantes afirmaron dirigirse al predio El Lucerito, en el Departamento Chical-Co, y presentaron documentación en regla junto con armas debidamente guardadas. Sin embargo, 30 minutos después, el mismo vehículo fue interceptado nuevamente en la Ruta Provincial 15, esta vez con solo dos ocupantes. Los pasajeros afirmaron haber dejado a los restantes dos en una estación de servicio en la YPF en Chacharramendi, una versión que fue desmentida por el corto lapso de tiempo”, sostuvo Marcelo Bustos Paulino, a cargo de Coordinación Oeste UR I de la Policía de La Pampa.


SECUESTRO
Finalmente, los agentes localizaron a los dos restantes saliendo del monte del predio Meauco. Tenían en su poder un arma con municiones. Cabe destacar que no se recuperó carne ni se halló ejemplares de animal muerto.
Los detenidos fueron notificados y puestos en libertad, quedando a disposición de la Oficina Única de Ministerio Público Fiscal (OUMPF) de la IV Circunscripción Judicial, a cargo del fiscal Enzo Rangone.
Además, se iniciaron actuaciones adicionales por infracción a la Ley 1194 con la intervención de la Dirección General de Recursos Naturales, dado que uno de ellos – oriundo de Luan Toro - se encuentra inhabilitado para la actividad cinegética.
¿Qué figura analiza el Ministerio Público Fiscal en la Ley 22.421?
Ante casos similares – como el aquí mencionado – el Ministerio Publico Fiscal analizará la figura del Artículo 24, que sostiene: Será reprimido con prisión de un (1) mes a un (1) año y con inhabilitación especial de hasta tres (3) años, el que cazare animales de la fauna silvestre en campo ajeno sin la autorización establecida en el Artículo 16, inciso a).
La Ley 22.421 es nacional, fue sancionada en 1981. Su ordenamiento legal tiende a resolver los problemas derivados de la depredación que sufre la fauna silvestre a lo largo y ancho del país.







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