


Confirman multa al Banco Nación por pubicidad engañosa
InfoTec 4.0






La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa confirmó una multa impuesta al Banco de la Nación Argentina por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor.
La sanción, que asciende a $250.000, había sido aplicada por la Dirección General de Defensa del Consumidor de la provincia debido a incumplimientos en el deber de información y el registro de reclamos de un usuario.
El caso se originó en 2018 cuando Ariel Alejandro Guzmán denunció al Banco Nación por publicidad engañosa y falta de transparencia en la información brindada a través de su sistema de Home Banking. Según el reclamo, el cliente había constituido un plazo fijo bajo condiciones que no se correspondían con las tasas publicitadas en la plataforma. Además, se le habría debitado un seguro que no solicitó y, a pesar de reiterados reclamos, no obtuvo respuestas claras ni el reintegro del dinero.


La Dirección de Defensa del Consumidor sancionó al banco en 2022, señalando que no existían pruebas de que la entidad hubiera respondido a los requerimientos del cliente en tiempo y forma. El Banco Nación apeló la medida, argumentando que la información estaba disponible en su sitio web y que la interpretación errónea de las tasas fue responsabilidad del usuario. También planteó que la Dirección de Defensa del Consumidor no tenía competencia para sancionarlo, alegando que las cuestiones financieras corresponden al Banco Central de la República Argentina.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones rechazó los argumentos del banco y confirmó la sanción. El tribunal consideró que la entidad incumplió su obligación de informar de manera clara y completa a sus clientes, conforme a lo dispuesto en la Ley de Defensa del Consumidor. Además, destacó que el Banco Nación demoró más de dos años en brindar respuestas al usuario, lo que refuerza la falta de diligencia en la gestión del reclamo.
Las juezas Carina Ganuza y Fabiana Berardi, integrantes de la Sala 2 del tribunal, resolvieron que la multa impuesta es adecuada y persigue el objetivo de garantizar el cumplimiento de los derechos de los consumidores. Asimismo, determinaron que el banco deberá afrontar las costas del proceso judicial.






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