


Condenan a los 3 encapuchados que realizaron un robo con armas en la Colonia Menonita
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La sentencia fue dictada por el juez de control de General Acha, Diego Ariel Asin, al homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado en forma conjunta por el fiscal Héctor David López, los defensores particulares Álvaro Ruggiero y Gastón Gomez y los imputados Rodrigo Nicolás Gette, Braian Rubén Gette y José Andrés Machado, quienes aceptaron ser los responsables del delito. Los tres damnificados, al ser informados sobre sus alcances, brindaron consentimiento.
El hecho ocurrió el 29 de junio del año pasado a la noche, cuando Rodrigo Gette (26 años), Braian Gette (25) y Machado (40) ingresaron encapuchados a un lote de la Colonia Nueva Esperanza –ubicada en jurisdicción de Guatraché– y “a punta de pistola (armas de fuego cortas)” redujeron a sus seis ocupantes, tres hombres, dos mujeres y una niña discapacitada, “a quienes ataron de pies y manos utilizando precintos color negro, y les colocaron cinta ancha en la boca para evitar que gritaran”.
Una vez reducidos, luego de agredir físicamente al dueño del lugar –ocasionándole una lesión cortante– y amenazar con “pegarle un tiro a uno de los hijos de la familia”, los imputados “se apoderaron de manera ilegítima de 10.500 dólares y un millón de pesos argentinos aproximadamente, los que metieron en una mochila y se marcharon del lugar en un vehículo que hacía un ruido particular”. Además se llevaron dos celulares que descartaron en cercanías de la vivienda.


Los delincuentes recién pudieron ser aprehendidos meses después del robo y tras una larga y paciente investigación del Ministerio Público Fiscal y la policía, que incluyó escuchas telefónicas. Los hermanos Gette fueron detenidos a principios de marzo en la ciudad bonaerense de Carhué, de donde son oriundos, y Machado fue hallado días después en Corrientes.
Entre las pruebas que se tuvieron en cuenta para condenarlos las declaraciones de las víctimas, fotografías, resultados de ADN e informes policiales, periciales y de la médica forense.
“Teniendo en cuenta lo expuesto, considero que la calificación legal solicitada fue correcta en atención a las pruebas incorporadas y admitidas por la fiscalía; como así acorde a los propios dichos del denunciante y corroborado por los mismos imputados en la presentación del acuerdo de juicio abreviado”, indicó Asin en el fallo y recordó que en este tipo de procesos alternativos, donde las partes se ponen de acuerdo, los jueces y juezas no pueden imponer penas más severas que las requeridas por la fiscalía.
Finalmente, además de imponerle la prisión en suspenso por tres años, se les fijó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por igual período: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de concurrir a la Colonia Menonita y de relacionarse y/o comunicarse de manera absoluta por cualquier medio con los damnificados y/o grupo familiar conviviente.​






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