


General Pico: la Justicia obligó al PAMI a cubrir un medicamento millonario para una jubilada
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GENERAL PICO | El caso, acompañado legalmente por el abogado Marcos Bertolotti Fiore, expuso la dramática situación de la paciente de apellido Giménez, oxígeno dependiente y jubilada con el haber mínimo, quien debía afrontar un costo mensual de $24.000.000, absolutamente inalcanzable para su economía y la de su entorno familiar.
El rechazo inicial de PAMI
La mujer había solicitado al organismo la cobertura del fármaco Nintedanib, único tratamiento aprobado en Argentina para la enfermedad que padece. Sin embargo, PAMI rechazó el pedido, lo que generó un cuadro de extrema angustia e incertidumbre.
Frente a esta negativa, el 28 de mayo de 2025 se presentó una acción de amparo en defensa del derecho a la salud y la vida de la paciente.


El 4 de junio de 2025, el juez federal Juan José Baric hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó al PAMI entregar de inmediato la medicación.
La confirmación de la Cámara
El 19 de agosto de 2025, la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó la resolución de primera instancia, rechazó la apelación presentada por PAMI y ratificó la cobertura sin dilaciones.
En su resolución, los jueces fueron contundentes:
“En Argentina, la ANMAT ha autorizado el tratamiento con Nintedanib para los pacientes con FPI (independientemente de su gravedad)”. “Ante la colisión de criterios, corresponde dar prevalencia al criterio médico de quien se encuentra llevando adelante el tratamiento del paciente frente a la opinión de la obra social”.
La médica tratante había advertido que “la ausencia de tratamiento para María Elena sería catastrófica, con deterioro adicional de su estado respiratorio, mayor dependencia de oxígeno, complicaciones graves y un fuerte impacto en su calidad de vida”.
Un precedente relevante
El caso marca un precedente en materia de cobertura de enfermedades poco frecuentes y medicamentos de altísimo costo, reafirmando que el derecho a la salud prevalece por sobre decisiones administrativas o presupuestarias.
Además, quedó en evidencia la eficacia de la acción de amparo como herramienta judicial: en apenas una semana desde su interposición, se obtuvo una medida cautelar que aseguró el acceso inmediato al tratamiento, luego ratificada por la Cámara.
Más allá del caso individual
El abogado Bertolotti Fiore destacó la importancia de la intervención judicial como garante de derechos fundamentales:
“La decisión no sólo protege a una persona concreta, sino que fortalece la vigencia real y práctica de los derechos humanos en nuestro sistema de justicia. La actuación de los tribunales evitó un daño irreparable y garantizó el acceso a la única terapia capaz de frenar el avance de una enfermedad progresiva y potencialmente mortal”.
Asimismo, resaltó el valor de la difusión comunitaria y periodística en estos casos, ya que visibiliza la problemática, informa a la ciudadanía sobre las herramientas legales disponibles y contribuye a que más personas puedan acceder a sus derechos.
Un triunfo del derecho a la vida
La confirmación de la Cámara significa para la paciente y su familia un verdadero alivio: a partir de este fallo, el PAMI deberá garantizar de forma inmediata y sin interrupciones la cobertura del tratamiento, clave para frenar el avance de la enfermedad y sostener su calidad de vida.







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