


Trenel: la Justicia pampeana garantiza la continuidad de la licencia a odontólogo con ELA
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La decisión fue adoptada por la Sala C del máximo tribunal provincial, que al mismo tiempo dispuso que la causa no continúe bajo la vía del amparo —tal como había sido presentada inicialmente— sino que sea tramitada como un proceso contencioso-administrativo, al considerar que se trata de un conflicto vinculado a una relación de empleo público.
Cassou tiene 47 años, está casado con Carolina y es padre de tres hijos. Durante dos décadas trabajó como odontólogo en el Hospital Guillermo Rawson de Trenel, combinando esa tarea con la atención en su consultorio privado. Su vida dio un giro hace dos años, cuando recibió el diagnóstico de ELA, una enfermedad neurodegenerativa progresiva que afecta el sistema nervioso central y provoca la pérdida del control muscular.
El avance de la enfermedad lo obligó a interrumpir su actividad laboral y acogerse a una licencia de largo tratamiento contemplada en la Ley Provincial 643, que establece un plazo máximo de dos años para este tipo de beneficios. Sin embargo, al acercarse el vencimiento de ese período y ante la negativa de extender la licencia, el profesional recurrió a la Justicia.


El conflicto radica en que la normativa prevé excepciones —como en casos oncológicos— y también la posibilidad de incluir otras enfermedades graves mediante una reglamentación que nunca fue implementada. Esta falta de definición dejó a la ELA fuera del régimen excepcional, generando lo que el entorno de Cassou describe como un “vacío legal”.
En su resolución, el STJ coincidió con la Procuración General al señalar que el caso debe analizarse dentro del ámbito del derecho público, ya que involucra decisiones de la administración provincial sobre la situación laboral de un agente estatal.
Uno de los puntos clave del fallo fue el rechazo del amparo como vía adecuada. El Tribunal sostuvo que este tipo de acción solo procede en situaciones excepcionales, cuando no existen otros caminos judiciales idóneos, y remarcó que en este caso sí está previsto el proceso contencioso-administrativo para canalizar el reclamo. Por ello, ordenó que Cassou adecue su presentación a este procedimiento en un plazo de cinco días.
No obstante, y pese a este cambio en la vía judicial, el STJ decidió mantener vigente la medida cautelar que había sido dictada en primera instancia. Esto implica que el odontólogo podrá continuar con su licencia médica y seguir percibiendo su salario mientras se resuelve el conflicto de fondo, informó Diario Textual.
El tribunal fundamentó esta decisión en la necesidad de proteger los derechos en juego, teniendo en cuenta la gravedad de la enfermedad y el riesgo de que una demora en la resolución definitiva genere perjuicios de difícil reparación.
Actualmente, la definición de fondo está en manos del máximo tribunal pampeano. En ese contexto, el caso también abre un debate más amplio: la necesidad de contemplar situaciones excepcionales desde una mirada que no quede limitada a la letra estricta de la ley, sino que contemple el impacto humano y social, especialmente cuando está en juego el sustento económico de una familia frente a una enfermedad irreversible.






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