Asesinó a su hermano en un campo y seguirá internado por un grave trastorno psiquiátrico

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó el planteo de legítima defensa presentado por la defensa de Oscar Rubén Miranda. El hombre mató a tiros a su hermano Raúl tras una discusión. Las pericias confirmaron que padece un severo cuadro psiquiátrico. Un violento episodio intrafamiliar ocurrido en la zona rural pampeana tuvo su desenlace judicial definitivo. 
Judiciales17/06/2026INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0

asesinato campo
Foto: InfoPico

La Sala B del Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la sentencia contra Oscar Rubén Miranda, quien asesinó de varios disparos a su propio hermano, Raúl. Al ser diagnosticado con un severo trastorno psicótico crónico, la Justicia lo declaró inimputable y le impuso una medida de seguridad: permanecerá internado en un establecimiento psiquiátrico por 10 años y 8 meses.

El trágico suceso se desencadenó cuando un trabajador llegó al establecimiento agropecuario de los Miranda para realizar una perforación. En ese contexto, los hermanos se cruzaron. Según reconstruyó la Justicia gracias al testigo presencial, tras un saludo inicial, Raúl notó que Oscar escondía un “bulto” en la cintura.

Al exigirle que tirara lo que llevaba, Raúl tomó un palo de más de un metro de largo e intentó golpear a su hermano. La respuesta de Oscar fue letal: dio un paso atrás, sacó un arma de fuego y efectuó los disparos que terminaron con la vida de su hermano.

La batalla legal: ¿Legítima defensa o trastorno?

El abogado defensor, Dr. Humberto José Bauducco, llevó el caso hasta la máxima instancia provincial reclamando que el hecho fuera considerado como “legítima defensa”. Su argumento central era que Oscar se había defendido de manera proporcional ante un ataque inminente y no provocado.

Sin embargo, la Justicia desestimó la teoría basándose en contundentes pericias médicas. Los psiquiatras forenses determinaron que el tirador sufre de un “trastorno de ideas delirantes persistentes”, lo que se traduce jurídicamente como demencia. Los peritos aseguraron que el hombre tiene el juicio desviado y carecía de capacidad para comprender la criminalidad de sus actos o dirigir sus acciones.

El máximo tribunal provincial, integrado por los jueces Fabricio Losi y María Verónica Campo, ratificó el fallo y esgrimió un razonamiento implacable: es imposible que una persona que no comprende la realidad por su grave estado psiquiátrico tenga, al mismo tiempo, el raciocinio necesario para medir una reacción “proporcional” ante un ataque y ejercer su legítima defensa.

Con esta resolución, el caso queda cerrado y Miranda continuará privado de su libertad bajo estricto tratamiento interdisciplinario de salud mental, tutelado por un juez de ejecución penal.

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