Judiciales Por: INFOTEC 4.0 25 de septiembre de 2020

CONDENADO POR ABUSO SEXUAL A UNA NIÑA DE TRES AÑOS

Un hombre de 61 años fue condenado hoy, a través de un juicio abreviado, a la pena de seis años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal; hecho que debe enmarcarse en las leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y 26485 de Protección Integral a las Mujeres. La víctima es una nena de tres años que vivía en la casa de al lado.

Con las pruebas incorporadas al legajo, el juez de audiencia santarroseño, Gastón Boulenaz, dio por probado que en enero pasado, el acusado abusó sexualmente de la pequeña estaba sola en la vereda, ya que su madre –vecina del imputado– había ingresado a su domicilio. En esas circunstancias, el hombre ingresó a la niña a su vivienda para cometer el delito. La menor le contó inmediatamente lo que le había pasado a su progenitora, ella increpó al agresor y este negó el hecho.

Sin embargo, ahora el acusado aceptó la autoría del abuso, ya que para acordar un abreviado es un requisito indispensable admitir la autoría del hecho. El acuerdo fue rubricado por él, el fiscal Marcos Sacco y el defensor oficial Juan José Hermúa.

Por otro lado, Boulenaz le mantuvo la prisión preventiva –ordenada oportunamente– al imputado hasta la finalización del proceso, y dispuso que se cite a la madre de la víctima para saber si quiere ser informada cuando el acusado salga en libertad o reciba algún beneficio antes de que expida el plazo total de la pena.

La mujer, al ser notificada de los alcances del juicio abreviado, mostró su disconformidad con la sanción por entender que, cualquier hubiera sido, no reparará el daño ocasionado a su hija. Sin embargo, el Código Procesal Penal, si bien establece que la víctima debe ser informada de lo resuelto –como así también que el juez no puede imponer penas más gravosas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal–, aclara que su opinión no es vinculante con la resolución final.

Boulenaz, al evaluar las pruebas presentadas por las partes, le dio particular importancia al informe pericial psicológico efectuado a la niña, ya que en él se advirtieron “perturbaciones a nivel psicológico” e “indicadores compatibles con una situación de victimización sexual”. También valoró un informe ampliatorio de una psicóloga forense, cutas conclusiones resultaron “plenamente compatible con lo expuesto por la progenitora al formular la denuncia penal”.

Por último el magistrado, en la parte resolutiva del fallo, ordenó que se cumpla con la ley provincial que prevé que, los condenados por esta clase de delitos sean incorporados al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.​

Te puede interesar

La Justicia no encontró culpables y archivó la causa por la muerte del ex intendente de Castex

El 7 de marzo la justicia pampeana descartó la comisión de delitos en torno a la muerte del exintendente de Eduardo Castex. Magalí Mansilla, la mujer que fue investigada por ser la última que tuvo contactos con el fallecido, recuperó los elementos secuestrados y nunca estuvo imputada en la causa judicial.

Fonseca y Aliaga celebraron el fallo contra Irán y recordaron al Fiscal Nisman

La Cámara Nacional de Casación Penal ha emitido un fallo histórico respecto a las responsabilidades de los funcionarios involucrados en el desvió de información del atentado en el edificio de la mutual de la AMIA, reafirmando el sentido de justicia para las víctimas y sus familiares, tras casi treinta años del ataque.

Tres años en suspenso por atropellar a un joven "lo pasé por encima a propósito"

El acusado embistió con su auto a la víctima luego de una discusión en un bar, a raíz de las lesiones sufridas debieron amputarle una pierna. La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a C. A. Fredes, de 26 años, como autor del delito de lesiones gravísimas culposas, agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor; a tres años de prisión en suspenso y tres de inhabilitación para conducir vehículos automotores.

Cuatro años de prisión por portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización

El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a Nazareno Ezequiel Díaz, de 31 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal agravada; a la pena de cuatro años de prisión, con declaración de reincidencia.

Ocho años de prisión para un hombre que abusó sexualmente de su hija

El juez de audiencia de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a un hombre de 60 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple calificado por el vínculo, como delito continuado y abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo, todo en concurso real;  a la pena de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento.

Se enojó porque no tenían la vianda y disparó contra un comercio de Castex, lo condenaron

El juez de control santarroseño, Néstor Daniel Ralli, homologó hoy un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Jorge Alberto Pellegrino a un año de prisión en suspenso por ser autor de los delitos de abuso de arma de fuego y portación ilegal de armas de fuego, en concurso ideal entre sí, al disparar contra un comercio porque su propietaria no tenía viandas.