Romina Regis: amplían las restricciones a los hijos de la mujer y el juez se declara incompetente
El juez Mauricio Pascual estableció las restricciones ampliadas para el agresor José Luis Soto (55) quien sale de la cárcel el viernes.
El juez de ejecución penal de General Pico, Jorge Mauricio Pascual, durante una audiencia multipropósito realizada en el marco de una denuncia por amenazas simples formulada por su expareja Romina Regis contra José Luis Soto, dictó una serie de medidas restrictivas y luego se declaró incompetente para continuar interviniendo en razón de la materia, y envió el expediente al juez de control, Alejandro Enrique Gilardenghi, para que lo siga tramitando.
Romina Regis es maestra de la escuela de Caleufú. Se enteró que su agresor salía en libertad este 22 de febrero. Cómo estaba en los medios el caso de Úrsula Bahillo -la joven que denunció a su expareja, un policía bonaerense que la asesinó en la localidad de Rojas-, realizó una publicación exclamando: "no quiero ser la siguiente Úrsula". A partir de allí la justicia pampeana, movida por la opinión pública, empezó a generar instrumentos para evitar que Soto saliera en libertad: entre estas cuestiones, rescataron una denuncia por amenazas, que se había extraviado en la maraña burocrática de la justicia.
No obstante esa incompetencia, Pascual le mantuvo al imputado la orden genérica de prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y le amplió esa medida a las hijas menores de ella hasta tanto se autorice un régimen comunicacional. Además le dio intervención en el caso al equipo técnico interdisciplinario del Poder Judicial e incorporó los informes sociales que la Secretaria de la Mujer y la Dirección de Prevención y Asistencia a la Violencia Familiar emitieron sobre la situación actual de la denunciante, los cuales deberán ser actualizados cada 15 días.
La audiencia tuvo lugar en los Tribunales piquenses con la presencia –además de las partes involucradas– de representantes de esos dos organismos oficiales. La secretaria Liliana Robledo –quien se quedó fuera de la sala acompañando a la damnificada– y la abogada Silvana Abraham por el primero, y la directora Claudia Santiago y la asistente social Rosalía Fornara, por el segundo. Como querellante particular, en nombre de la víctima, estuvo Cristina Salvadori.
El juez mantuvo dos entrevistas en forma separada. Una con Soto –quien después de cumplir una condena efectiva de un año, permanece bajo arresto domiciliario hasta el viernes– y otro con su expareja.
La audiencia multipropósito fue dispuesta por Pascual, debido a que el viernes pasado había dictado una serie de medidas de seguridad preventivas contra Soto –previstas en la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres– y, por lo tanto, estaba obligado a convocar a esa diligencia en un plazo no mayor a las 48 horas.
Como él es juez de ejecución, es decir que controla el cumplimiento de las penas –en esta causa aún no hay sentencia firme y en la anterior la pena caducó ayer–, fue que se declaró incompetente en razón de la materia y le giró la causa por amenazas simples a Gilardenghi.
A su vez, otro juez de control (Diego Ambrogetti, subrogando a Gilardenghi) había formalizado el último viernes a Soto por esas amenazas simples y le había dictado la prisión preventiva por siete días corridos (sustituida ayer por Gilardenghi por un arresto domiciliario hasta el viernes con prohibición genérica de acercamiento y contacto con la denunciante). Su expareja lo denunció aduciendo que ella vendió una camioneta y que el comprador la llamó para advertirle que un familiar cercano al imputado le había dijo que Soto mataría a ambos cuando quedase en libertad.
Un año de prisión.
Soto, 55 años, portero de escuela, fue condenado el 1 de junio del año pasado a un año de prisión de cumplimiento efectivo, por los delitos de amenazas simples y amenazas agravadas por el empleo de arma en concurso real, en otro legajo penal. En ese fallo, el juez Gilardenghi le revocó la condicionalidad de una pena anterior de ocho meses de prisión en suspenso y le unificó ambas en una pena única de un año efectivo.
El conflicto penal –donde la víctima también había sido su expareja– se resolvió a través de un acuerdo de juicio abreviado presentado por Hernández, el defensor particular Norberto Angel Paesani y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad. La damnificada, al ser notificada de los alcances del acuerdo, también brindó su consentimiento y pidió ser informada cuando el victimario recuperase la libertad.
Después de serles negados por Pascual los beneficios de la libertad condicional y la libertad asistida, Soto cumplió ayer el año en prisión –fue aprehendido el 23 de febrero de 2020– y debía ser liberado. Pero el viernes, a raíz de la formalización de Ambrogetti, el encierro se extendió por una semana.â
Gentileza: El diario
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