Podrá usarse calefacción en las escuelas pampeanas
El punto 3.15 establece la necesidad de ventilar los espacios educativos para disminuir la concentración de partículas en el aire a valores suficientemente bajos y reducir el riesgo de la transmisión de la COVID-19. A su vez, aprueba el uso de los sistemas centrales de calefacción o aire acondicionado en forma simultánea a la ventilación cruzada, manteniéndolos de manera periódica para garantizar su adecuado funcionamiento, lo que implica la limpieza del mismo antes de su utilización y el cambio o la limpieza mensual de los filtros de aire.
Las definiciones consideran los nuevos aportes a las políticas sanitarias en el marco de la pandemia por COVID-19 fijados en:
El documento “Prevención para la transmisión por aerosoles” elaborado conjuntamente entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (MINCYT) y el Ministerio de Salud (MINSAL), con valiosos aportes de investigadores de universidades públicas y del CONICET.
El informe “Sistemas de Acondicionamiento Térmico” de la Comisión de Arquitectura Escolar del Consejo Asesor para la Planificación del Regreso Presencial a las Aulas, redactado con la colaboración del grupo Consultivo Técnico de Expertos sobre instituciones educativas y COVID-19.
El documento “Consideraciones para las medidas de salud pública relativas a las escuelas en el contexto de la COVID-19” del 14 de septiembre de 2020 emitido por expertos de la OMS, UNICEF y la UNESCO.
Para obtener más información sobre dicha normativa, pueden visitar el micrositio “Volvimos al Aula” en la página web del Ministerio de Educación de La Pampa: https://bit.ly/3rAkmkR .
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