Crimen de Prodolliet: Impugnaron la sentencia
La querella insistirá con la figura del "homicidio criminis causa", mientras que la defensa reclamará bajar la cantidad de años de la pena.
Las partes que intervinieron en el debate por el homicidio del odontólogo piquense Samuel Prodolliet presentaron sus respectivas impugnaciones a la sentencia del Tribunal Colegiado que intervino. La Fiscalía y la querella insistirán con la figura del "homicidio criminis causa", mientras que la defensa reclama bajar la cantidad de años de pena. ¿Cabe la posibilidad de que el Tribunal de Impugnación Penal declare nula la sentencia y ordene un nuevo juicio?
El pasado 7 de mayo el Tribunal integrado por los jueces María José Gianinetto (presidente), Carlos Federico Pellegrino y Marcelo Pagano dio a conocer la sentencia por la cual condenó a Claudio Lara y Emanuel Velázquez a la pena de 25 años de prisión, por considerarlos autores y responsables del delito de "homicidio en ocasión de robo". La familia de la víctima mostró su descontento con el fallo, pero también lo hicieron -con distintos argumentos- las partes con el resultado y las fundamentaciones del Tribunal.
El plazo para la presentación de impugnaciones ante el TIP vence en las primeras horas del lunes próximo, aunque El Diario pudo establecer que la Fiscalía y la defensa ya hicieron efectivos sus respectivos descargos.
Fiscalía
Según pudo establecer este medio, la Fiscalía insistirá en que se trató de un "homicidio criminis causa" y para ello atacará distintos puntos de la sentencia del Tribunal. Para ello, los investigadores atacarían la lógica y supuestas contradicciones en los planteos formulados por los jueces a la hora de establecer la figura utilizada.
Los fiscales Verónica Campo y Damián Campos insistirán en el "criminis causa", ya que entienden que existió la voluntad de matar por parte de los imputados, y como muestra de ello harían foco en la cantidad de puñaladas que recibió la víctima. También están en desacuerdo con que Prodolliet "sorprendió" a los delincuentes, tal como lo interpretó el Tribunal, sino que fueron Lara y Velázquez quienes ingresaron hasta el dormitorio donde dormían el odontólogo y su pareja, según entienden los representantes del Ministerio Público Fiscal.
Otra cuestión que hizo ruido fue un supuesto intento de acuerdo de juicio abreviado varios meses antes del debate, según ventiló la defensa en el juicio. Ese hecho fue citado en el fallo y podría ser motivo de achaque al Tribunal, porque el Código prohibiría a los jueces valorar esta situación, que además fue negada por la Fiscalía y la querella luego del debate.
Defensa
Desde la defensa, los abogados oficiales Caram y Freigedo hicieron una sólida presentación en sus alegatos de clausura y convencieron a los jueces de que no se trató de un "homicidio criminis causa", sino que fue un "homicidio en ocasión de robo". Pero a la hora de conocer la pena los abogados que intervinieron lejos están de quedar conformes con el fallo.
La defensa pediría que se baje el monto de 25 años de cárcel para Lara y Velázquez. Entendería en este caso que existieron dos figuras distintas a la hora de los pedidos de condena, y como la Fiscalía no presentó subsidiariamente el "homicidio en ocasión de robo", el Tribunal no tendría argumentos sólidos para alejarse tanto de los 12 años pedidos por los defensores y establecer el máximo previsto para la figura utilizada.
En ese sentido, tal como lo hicieron en el debate, citarían el caso "Rivas", el canchero del Club Ranqueles a quien un mayor y dos menores ultimaron a cuchilladas para robarle unas pocas pertenencias. A pesar de contar con características quizás más violentas, el Tribunal en ese caso interpretó también que se trataba de un "homicidio en ocasión de robo" y condenó al único mayor de edad a 20 años de prisión.
Sin conocerse los argumentos técnicos legales finos de las presentaciones realizadas, y aunque quizás la Fiscalía y la defensa no pidan expresamente la nulidad de lo actuado, los jueces del Tribunal de Impugnación Penal tendrían ahora a su alcance varios puntos a revisar del fallo del Tribunal local y achaques de las partes que, en un extremo, podrían derivar en una nulidad y la orden de realizar un nuevo juicio, determinación que haría mucho más ruido en un caso que generó conmoción en General Pico. (El Diario)
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