Comenzó en forma remota, el Juicio por el homicidio de un adolescente de Catriló
Comenzó este martes, vía Zoom, el juicio oral contra los tres acusados del homicidio del menor Adolfo Esteban Peralta, ocurrido el 11 de julio de 2019 en Catriló. Los imputados son los hermanos Juan Bartolomé (27 años) y Francisco José Munar (32) y Marcelo Leguizamón (38). Las audiencias se extenderán a priori hasta el jueves 10, cuando se escuchen los alegatos de cierre.
El debate fue organizado y coordinado por la Oficina Judicial de Santa Rosa, ya que al ser en forma remota todos los protagonistas participaron desde diferentes lugares. Solo los jueces de audiencia, Gastón Boulenaz, Daniel Sáez Zamora y Carlos Besi, estuvieron presentes en la sala de audiencias del Centro Judicial.
La fiscal María Cecilia Martiní; la asesora de Niños, Niñas y Adolescentes, Graciela Massara; y la defensora oficial, Paula Arrigone, patrocinando a la querellante Zulema Francisca Sosa –madre de Peralta– participaron desde sus respectivas oficinas.
Lo propio ocurrió con las defensoras y defensores oficiales, Mariel Annechini, Silvina Blanco Gómez y Pablo De Biasi, quienes estuvieron acompañando a sus defendidos, Juan Munar, Francisco Munar y Leguizamón, respectivamente.
A su vez, los seis testigos de la primera jornada también declararon por Zoom, algunos de ellos desde Catriló y Lonquimay. Entre las testimoniales de hoy se oyó a la mamá de Peralta y al entonces jefe de la Brigada de Investigaciones de la Unidad Regional I, Marcelo Calderón. En las cinco jornadas restantes se espera que pasen frente al Tribunal de Audiencia otros 40 testigos.
El hecho investigado ocurrió en cercanías del cementerio de Catriló. Allí los Munar y Leguizamón habrían agredido a Peralta (16 años), provocándoles múltiples heridas corto punzantes con un cuchillo tipo daga y también heridas de proyectil con un revólver calibre 22. Algunas de esas heridas habrían sido provocadas cuando la víctima aún estaba con vida, otras mientras agonizaba y las restantes después de morir.
Además Leguizamón, de acuerdo a la acusación, manipuló y transportó un arma de fuego pese a estar inhabilitado por el Registro Provincial de Armas; mientras que Juan Munar lo hizo sin contar con el permiso legal para ello.
Por ello, Martiní les imputó a los tres, en principio, el delito de homicidio calificado por ensañamiento y alevosía, y por haberse realizado con el concurso premeditado de dos o más personas, agravado por la utilización de un arma de fuego, todas figuras penales que concurren en forma ideal entre sí. A su vez a Leguizamón y Juan Munar les agregó el delito de portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal, en concurso real con el homicidio.
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