Nacionales Por: InfoTec 4.021 de noviembre de 2022

Víctima de ciberdelito no deberá pagar la deuda al Banco Hipotecario

La jueza María Cecilia Tanco, titular del Juzgado Civil y Comercial 19 de La Plata, ordenó al Banco Hipotecario  (B.H.N.), con carácter cautelar, suspender el cobro de las cuotas de un Crédito Pro.Cre.Ar dado que la cliente del banco sufrió la sustracción de 2.780.000 pesos por parte de ciberdelincuentes.

LA PLATA | La víctima, que lleva las iniciales G.P., luego de años de tratar de construir su casa propia, logró sacar un crédito PRO.CRE.AR por la suma de $ 5.300.000. Con parte del dinero se adquirió el terreno, que quedo hipotecado, por la suma de $ 1.000.000; procediendo luego el Banco a depositar el resto en la cuenta obligatoria de la misma institución. 

Sin embargo, y sin que mediara la modalidad phishing, y tras cargar su celular durante dos horas, G.P. consultó su cuenta. Fue cuando tuvo la desesperante sorpresa que le habían sustraído de su cuenta la suma de $2.780.000. La víctima no había recibido llamada alguna en el marco de la modalidad phishing.

Ella no sabe que tipo de ingeniería se usó para sustraerle el dinero. Del hecho se desprende entonces que se estaría ante una nueva modalidad de ciberdelincuencia.

Desde ese amargo momento comenzó un peregrinaje de 11 meses de reclamos, cartas documentos y mediaciones en las que el B.H.N. permaneció inmutable exigiéndole el crédito y negando responsabilidad; esto la llevó a tomar un crédito privado para no perder lo poco que había obtenido y continuar con la obra; hoy se tiene que enfrentar al pago de dos enormes créditos con su casa en cimientos, situación que la llevó a pedir la protección judicial.

Así la Jueza Dra. Tanco resolvió: “…Que habiendo procedido en tal sentido y ante el intercambio epistolar sin resultado favorables, concluye que se vio obligada a recurrir a la justicia, solicitando las medidas cautelares en análisis..Que con los hechos señalados y con la documental acompañada, se encuentran configurados los presupuestos para canalizar la pretensión por la vía de la tutela anticipada…., máxime cuando por el momento, no se han arrimado elementos que den cuenta que la entidad bancaria hubiere prevenido en concreto de los riesgos a la aquí accionante. Asimismo, atendiendo al destino de las sumas sustraídas y el monto de los ingresos que percibe la actora ($125.253 conforme recibo de sueldo acompañado), se percibe que el cobro de las cuotas del crédito "no disponible", de efectivizarse, impactaría negativamente en su economía y la de su entorno familiar.”

Al respecto, el abogado de la víctima, Marcelo Szelagowski, manifestó: "Pese a lo categórico de los fallos judiciales en cuanto a que los Bancos deben mejorar sus medidas de seguridad, han hecho caso omiso; actualmente los ciberdelincuentes ingresan a las cuentas de los clientes sin que lo puedan advertir o impedir, hoy la cuentas de email se encuentran más a salvo que las cuentas bancarias, porque en los email nos advierten cuando ingresan desde otra IP, no así los bancos".

Y resaltó: "El fallo es ejemplificador en cuanto a que protege de manera inmediata al débil que durante 11 meses fue maltratado cuando el incumplimiento en seguridad fue del Banco".

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