Condenan a un hombre por tenencia de material pornográfico infantil y grooming
El juez de control de General Acha, Diego Ariel Asin, condenó hoy en el marco de un juicio abreviado a un hombre a tres años de prisión en suspenso como autor de los delitos de grooming y tenencia de material pornográfico infantil en concurso real. La víctima fue una niña menor de edad.
En la investigación fiscal se acreditaron dos hechos. Uno ocurrió cuando el imputado, Juan Manuel González ,mediante la utilización de una cuenta de Gmail, que estaba asociada a un número de celular suyo, “se conectó vía online, a través de IP rotativos, al buscador Google, desde el cual accedió y descargó contenido de pornografía infantil, consistentes en distintos videos e imágenes”, según quedó constancia en un reporte de CyberTipline.
El CyberTipline es el mecanismo centralizado de información del Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (Ncmec), una organización no gubernamental que trabaja en forma directa con el Departamento de Justicia de Estados Unidos y que proporciona actividades sospechosas de explotación sexual de niños y menores.
Oportunamente ese reporte fue remitido a la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El otro delito fue cometido cuando González, mediante la red social Instagram, realizó un accionar que fue descripto así en otro informe: “Un hombre de 19 años está entablando una conversación sexualizada con un sexo desconocido de 16. Hay elementos de coerción dentro de la conversación. La cuenta infractora (amenaza con) exponer las imágenes desnudas o sexualizadas del menor por aparente venganza”.
El abreviado, como una vía alternación de solución del conflicto penal, fue convenido entre la fiscala achense, Paula Soledad Duscher; el defensor oficial, Claudio Martínez Sabio; y el propio acusado, de 24 años, quien admitió su culpabilidad.
Además las partes acordaron para González la imposición de pautas de conducta durante tres años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de entrar en contacto con la víctima, no usar estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas, y realizar un tratamiento psicológico.
Por último, Asin ordenó que, una vez que el fallo quede firme, se obtenga a través del Laboratorio de Genética Forense, un perfil genético del condenado y se remita al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los Delitos contra la Integridad Sexual, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.​
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