Pico: condenaron a una madre por golpear y causarle lesiones leves a su hijo de 6 años
El juez de control de General Pico Heber Pregno condenó a una mujer de 40 años, como autora material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo en perjuicio de su hijo de 6 años, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.
Además le dictaminó las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar residencia y en caso de modificarlo notificar previamente al juez de ejecución o fiscal; someterse al control del Ente de políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje Ley 2831. También le ordenó el cese de todo acto de perturbación e intimidación respecto del damnificado y sus demás hijos; acatar las decisiones del Organismo de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes interviniente en el proceso de re-vinculación, realizar tratamiento psicológico y abstenerse de cometer nuevos delitos.
La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor oficial Guillermo Costantino y la imputada. El progenitor del menor -denunciante en la causa-, al ser informado sobre los alcances del acuerdo, prestó su conformidad.
Las pruebas aportadas en el legajo permitieron comprobar que, sin poder precisar fecha y hora exacta, aproximadamente el día 22 de noviembre de 2023, en el interior de la vivienda habitada por la imputada y sus hijos, la mujer golpeó con sus manos a su hijo de 6 años de edad, causándole lesiones que revistieron el carácter de leves.
Pregno agregó en el fallo que “las lesiones ocasionadas fueron el resultado de los golpes que le propinó la imputada a su hijo menor, las cuales quedaron acreditadas mediante el certificado médico”.
Sobre la sanción a aplicar, el juez agregó que “como lo marca la ley procesal (Art.382 del C.Pr.P.) el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene a la imputada a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional con más la imposición de reglas de conducta por el plazo de dos años”.
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