El STJ confirmó la absolución de la docente Ana Cecilia Contreras
La resolución fue adoptada por la Sala B del STJ, integrada por los ministros Fabricio Luis Losi y Hugo Oscar Díaz, quienes ratificaron lo dispuesto por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) el pasado 26 de mayo. El fundamento central para denegar el recurso fue que en casación no se reanalizan las pruebas, salvo que la sentencia impugnada fuera arbitraria de manera manifiesta, lo que no ocurrió en este caso.
Contreras había sido condenada inicialmente el 9 de abril, a 60 días-multa (equivalente en ese momento a 913.800 pesos), una amonestación, la prohibición de mantener contacto con la víctima durante un año y la obligación de asistir a un seminario para modificar conductas. La condena se sustentaba en que, durante una clase sobre el conflicto entre Israel y Palestina, justificó un ataque de la organización Hamas, lo que afectó emocionalmente a una alumna de origen judío.
Posteriormente, el TIP revocó la sentencia y absolvió a la docente por el beneficio de la duda, al considerar que no se probó una intención dolosa en sus dichos hacia la adolescente. Frente a ese fallo, la fiscalía recurrió en casación al STJ alegando una valoración incorrecta de la prueba.
Sin embargo, los ministros Losi y Díaz señalaron que en esta instancia el tribunal solo controla la legalidad y logicidad de la sentencia recurrida, corrigiendo errores de fondo, pero no revalorizando pruebas. Según expresaron, el recurso presentado se limitó a manifestar una discrepancia con el criterio del TIP, lo que no habilita un nuevo examen crítico de los elementos probatorios.
Con esta decisión, quedó firme la absolución de Contreras.