Robo a una motociclista: condenan a seis meses de prisión a un joven que provocó la caída de la víctima
El juez Diego Ambrogetti impuso una pena de efectivo cumplimiento a Matías Nicolás Basualdo, tras un juicio abreviado en el que el imputado admitió haber arrebatado las pertenencias de una mujer que viajaba en moto. Su cómplice obtuvo una probation.
El juez de control Diego Ambrogetti condenó a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento a Matías Nicolás Basualdo, hallado responsable del delito de robo simple por arrebatarle una riñonera a una motociclista y provocar su caída durante el ataque. La resolución se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado firmado por el fiscal Juan Cupayolo, el defensor oficial Guillermo Costantino y con la conformidad de la víctima.
El hecho ocurrió el 20 de mayo pasado, alrededor de las 15 horas, cuando la mujer circulaba en una motocicleta Corven 110 por la calle 29, entre 10 y 12. En ese momento fue sorprendida por Basualdo y su cómplice, Claudio Darío Saavedra, quienes también se desplazaban en moto, con casco y ropa oscura. Desde atrás, los agresores le arrebataron la riñonera que contenía un teléfono celular, tarjetas de crédito y débito, la tarjeta alimentaria y dinero en efectivo. Durante el forcejeo, la víctima cayó y sufrió un hematoma en la pierna derecha, constatado posteriormente en el certificado médico.
La condena se basó en la confesión del imputado y en una serie de pruebas incorporadas al expediente: la denuncia en Comisaría Segunda, el certificado médico, el acta de inspección ocular, el croquis del lugar del hecho, material fílmico, la ampliación de la denuncia, las actas de allanamientos —en uno de los cuales se halló marihuana y cocaína, con intervención de Toxicomanía—, declaraciones testimoniales y ruedas de reconocimiento de objetos. También se incluyó el informe del Registro Nacional de Reincidencia, que confirma que Basualdo posee antecedentes condenatorios.
Al resolver, Ambrogetti consideró adecuado el encuadre legal y recordó que el monto de la pena acordada constituye un “límite punitivo” que debe respetarse. Finalmente, el magistrado informó que Saavedra, el otro acusado, accedió al beneficio de suspensión del proceso a prueba por un año.
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