Jueza Paola Loscertales: "El niño no puede ser tratado como un paquete"
GENERAL PICO | En el caso del bebé de Rancul la jueza que interviene en la causa rechazó el recurso de reposición presentado por la Fiscalía de Estado de la Provincia de La Pampa, que buscaba dejar sin efecto la medida cautelar de no innovar dictada respecto del reintegro del niño, y concedió la apelación planteada, por lo que las actuaciones ahora quedarán en manos de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería.
Pero más allá de la decisión procesal, lo que sobresale del fallo es el tono con el que la magistrada Loscertales describió el modo en que se intentó ejecutar el reintegro del pequeño. La jueza sostuvo, sin rodeos, que la comunicación fue transmitida por mensajería instantánea, sin acto administrativo válido ni notificación fehaciente, y remarcó que esa forma de proceder "convierte al niño en un objeto de traslado intempestivo, como un paquete, sin reparar en el daño que se le ocasiona". La comparación, poco frecuente en el lenguaje judicial, busca dejar en claro la magnitud de lo que la magistrada considera una vulneración al debido proceso.
En diálogo con Infotec 4.0, Joaquín Díaz, quien junto a su esposa Ana Laura Pizzani son la familia de contención que cuida al pequeño, resaltó la firmeza que en el fallo se sostiene a lo largo de todo el escrito. La jueza fue categórica al señalar que el niño "no es un número de legajo ni un objeto de traslado", sino "un bebé de seis meses cuya vida emocional y psíquica se construye día a día en el contacto con quienes lo cuidan". En ese sentido, advirtió que la brusquedad o la falta de acompañamiento en un proceso de este tipo son factores que "inciden directamente en su desarrollo" y que "pueden dejar huellas irreversibles". También apuntó directamente contra el procedimiento administrativo al afirmar que los plazos y las competencias del Estado "no pueden ser cumplidos a costa de la integridad emocional de un niño".
La magistrada dejó sentado además que la familia que tiene al niño en guarda desde marzo —Ana Laura Pizzani y Joaquín Díaz, en su casa de Rancul— conoce y acepta el carácter transitorio de su rol, pero remarcó con firmeza que eso "no justifica que el niño sea tratado como un paquete que se entrega de un día para otro". Citó además el antecedente conocido como "caso Samuel" para advertir sobre los riesgos de las entregas intempestivas, aunque aclaró que las circunstancias de esta causa son distintas.
Con este nuevo pronunciamiento, que combina una decisión procesal con una fuerte advertencia sobre la forma en que el Estado pretendió actuar, la causa avanza ahora hacia la Cámara de Apelaciones. Mientras tanto, el niño continúa en la única casa y la única familia que conoció desde que nació.