TOPE A LOS INTERESES DE LAS FINANCIERAS EN LA PAMPA.-

No podrán cobrar más del 15% que los créditos del Banco de La Pampa.- Se descuenta que el proyecto será aprobado.-
Provinciales05/04/2018InfoTec 4.0InfoTec 4.0
solana marin berhongaray
DIPUTADOS MARIN - SOLANA Y BERHONGARAY

Los diputados Luis Solana (Frepam, socialismo), Martín Berhongaray (Frepam, radicalismo) y Espartaco Marín (PJ) presentaron un proyecto de ley en la Legislatura para que se ponga límite en La Pampa a los intereses que cobran las financieras, casas de préstamo o prestamistas. La iniciativa para frenar los casos de usura impone un máximo del 15% a los préstamos sobre el interés oficial que cobra el Banco de La Pampa. Actualmente la diferencia en las tasas de interés llega a ser en algunos casos del dos veces más de lo que cobra el banco oficial.

Se descuenta que, a raíz de que ha sido consensuada entre parte de legisladores del oficialismo y la oposición, la iniciativa tendrá aprobación en Diputados. En el articulado del proyecto, Solana, Berhongaray y Marín indicaron que se debe definir como “excesiva,  abusiva y desproporcionada toda tasa que se aplique por las entidades financieras atípicas, casas de préstamo o prestamistas,  o entidades afines,  que exceda el que establece el Banco de La Pampa para operaciones de préstamos  personales, con más del 15%, la cual se considera como Costo Financiero Total (CFT), expresado como tasa efectiva anual  que incluye el concepto de interés o renta financiera,  de cualquier  tipo (compensatorios, resarcitorios,  punitorios, etc.) y los gastos administrativos, cargos,  impuestos y erogaciones por  todo concepto.  Esa tasa efectiva anual que incluye cualquier costo no es susceptible de entenderse como capitalizable, lo cual implica anatocismo”.

“Ninguna persona física o jurídica -dijeron- puede cobrar en la Provincia de La Pampa,  por el servicio de préstamos de dinero, una tasa mayor que la indicada, denominada Costo Financiero Total. Cualquier exceso será considerado usura. Para ello el Banco de La Pampa dará amplia difusión a los cambios que sufra el Costo Financiero Total (CFT) para préstamos personales de libre disponibilidad”.

Además, las financieras deberán cumplir con los requisitos del artículo 36 de la Ley de Defensa del Consumidor 24240  sobre transparencia en las condiciones de contratación. Es una materia en la que ya se legisló en La Pampa mediante un proyecto que fue iniciativa del diputado Marín.

Incluso se precisa que los comercios que venden cosas muebles, registrables o no y bienes de consumo, “no pueden funcionar con finalidad ambivalente, no pueden incursionar en la actividad financiera atípica, conjuntamente con sus bocas de venta y expedición, encontrándose prohibida sus  actividades de financiamiento o de servicio de préstamos de dinero”.

Una vez sancionada la ley, las entidades o personas  que actúan en ese mercado tienen un plazo de 60 días para cumplir con los recaudos  y condiciones indicadas ante la Dirección provincial de Comercio Interior y Exterior, dependiente del Ministerio de la Producción de la Provincia de La Pampa. “Vencido dicho plazo y no regularizada la situación,  corresponde la clausura de los locales y la caducidad definitiva de la habilitación para la atención del servicio u operatoria de préstamo de dinero, que tuvieren como objeto comercial”, se explica en la iniciativa.

En un informe sobre la usura en Santa Rosa del diputado Solana titulado“Configuración del abuso: la usura financiera en Santa Rosa”, se advirtió sobre esta problemática creciente en la provincia. Así se estableció mediante un estudio de campo que el que toma un préstamo a un año por 10 mil pesos en la banca pública paga un Costo Financiero Total promedio del 52,81%. En los bancos privados este interés promedio se eleva al 66,92%; mientras que en las entidades no bancarias, llamadas financieras, el CFT promedio trepa al 148,5%, lo que en algunos casos obliga a devolver en solo un año, más de dos veces lo que se ha prestado.  Cuando ese plazo es de dos o tres años se multiplica varias veces el monto a devolver. En estas últimas entidades el atraso de una cuota puede llegar al 30% mensual de recargo.

“Lo que no hay duda es que la usura se nutre en gran parte de familias de escasos recursos o trabajadores de sueldos insuficientes, que hoy forman la inmensa mayoría de ellos. Poco importa a los fines de este informe el destino que cada persona le dé al préstamo ya que no se trata aquí de abrir juicios morales -basados muchas veces en prejuicios clasistas- sobre qué se compra con el dinero”, indicó el informe.

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