LA PAMPA DEFINE QUE HARÁ: EL NUEVO DECRETO NACIONAL HABILITA REUNIONES AL AIRE LIBRE

De todos modos,  el texto de la normativa aclara que los encuentros deberán cumplir "los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales". La Pampa define qué hará.

Provinciales31/08/2020InfoTec 4.0InfoTec 4.0
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Foto archivo Infotec 4.0

A través del Decreto 714/2020 publicado en el Boletín Oficial el Gobierno Nacional oficializó este lunes la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 20 de septiembre. Como anticipó el presidente Alberto Fernández, la medida habilita las reuniones sociales de hasta diez personas al aire libre.

El texto del decreto aclara que las reuniones sociales deberán cumplir "los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales".

En tanto, señala que para tal fin no podrá utilizarse el servicio público de pasajeros de colectivos, trenes o subtes. La habilitación deja a criterio de cada jurisdicción cómo se van a implementar los encuentros.

El Gobierno pampeano define por estas horas si permite las reuniones al aire libre o no. "Es muy pronto, todos nos enteramos este lunes....pero en breve seguro habrá alguna comunicación", dijo una fuente oficial consultadas por El Diario. Por ahora, solo están permitidos los encuentros durante los fines de semana y los días feriados.

En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, el Vicejefe de Gobierno Diego Santilli detalló en declaraciones a Radio 10 que los porteños no podrán reunirse en patios ni terrazas.

"Solo parques y plazas", aclaró el funcionario porteño al tiempo que remarcó que en el espacio abierto la posibilidad de contagio "no es cero, pero no es la que tenés en un lugar cerrado".

Por otra parte, el mismo decreto autoriza el acompañamiento a pacientes internados, “en sus últimos días de vida”. "En tales casos, las normas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante que cumpla con las recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud", consigna la medida.

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