DESTITUYERON A ESCRIBANO QUE FALSIFICÓ DOS TESTAMENTOS

Acebal fue condenado en 2016 por la Justicia junto a una empleada de Anses de Ingeniero Luiggi por doble falsificación testamentaria valuada en dos millones de dólares. Los acusados se declararon culpables a través de un juicio abreviado.

Provinciales11 de septiembre de 2020INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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El Tribunal de Superintendencia Notarial (TSN) de La Pampa destituyó al escribano Mario Javier Acebal, que tenía el registro 5 en la ciudad de General Pico. La notificación formal de la medida fue cursada el martes, por Oficio 08/20, a la Secretaría de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia (STJ). El fallo se dictó en el marco del Expediente 1/19, caratulado: "Colegio de Escribanos de La Pampa s/inicio de sumario al Escribano Mario Javier Acebal".
En 2016 el escribano Acebal, titular del Registro 5 de General Pico y una empleada de la Anses de Ingeniero Luiggi, Silvia Beatriz Morero, fueron condenados por doble falsificación testamentaria valuada en dos millones de dólares. Mediante un controvertido juicio abreviado los demandados se declararon culpables bajo probation (suspensión del juicio a prueba y todo quedo en el olvido).

Cuatro años más tarde, gracias al fuerte impulso del Colegio de Escribanos, el profesional fue destituido por decisión de la TSN, el organismo que ejerce el gobierno y la disciplina del notariado. El órgano es presidido por el Presidente del STJ e integrado, además, por dos vocales titulares designados anualmente por el Poder Ejecutivo y el Colegio de Escribanos, respectivamente.

500 hectáreas.
El hecho tuvo enorme trascendencia pública en 2016 cuando medios periodísticos (así lo explicita el fallo) hicieron pública la denuncia contra al escribano Acebal y a Morero por falsificar dos testamentos. Dos personas se presentaron en los tribunales denunciando al profesional notario y a Morero como beneficiaria de un testamento falso realizado por escritura pública. El testamento la dejó como beneficiaria de un campo de 500 hectáreas, ubicado en Caleufú y valuado en dos millones de dólares, el cual era propiedad de la fallecida Ida Violeta Cattaneo.
El abogado Pablo Rodríguez Salto, hoy presidente del Colegio de Abogados, confirmó la aparición de un segundo testamento, también falso. La investigación la instruyó el titular de la Fiscalía Temática de Delitos contra la Propiedad, Damián Campos, y finalizo tres años después con una probation y la aplicación de "normas de conducta" al imputado.

Fallo ejemplar.
La causa terminó con la sanción disciplinaria de destitución del cargo y la comunicación al Poder Ejecutivo Provincial (PEP), al Superior Tribunal de Justicia (STJ), al Tribunal de Superintendencia Notarial y al Colegio de Escribanos. Sucede que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos local, en cumplimiento de lo dispuesto por la ley orgánica que los rige, elevó al Tribunal de Superintendencia Notarial las actuaciones sumariales instruidas a Acebal por entender que correspondía que al notario se le aplique la sanción disciplinaria de destitución del cargo por faltas graves en el desempeño de sus tareas.

Denuncias periodísticas.
La denuncia radicada en su momento en los tribunales de la Segunda Circunscripción Judicial indicaba que a un familiar de Cattáneo le habían arrebatado un predio rural de 500 hectáreas en el ejido de Caleufú mediante una maniobra fraudulenta, en la cual estaban involucrados el reconocido escribano y una testamentaria trucha.
Además de Acebal y la empleada de la Anses, la demanda recayó también sobre José Luis Galán, María Luisa Díaz, Raúl Alberto Walker y Gustavo Mayor, quienes firmaron como testigos en ambos casos. El primer testamento fue inscripto en julio de 2013 y el segundo, en enero de 2014 por la cual resultó muy extraño que una persona, empleada de la Anses, apareciera como beneficiaria en ambos casos.
En aquella oportunidad el principal abogado de la causa, Rodríguez Salto, declaró a la prensa que Morero era «la persona con más suerte del mundo por haber heredado dos campos en La Pampa en una misma vida». «Los testamentos son idénticos y sólo cambia el nombre de la testadora. Aparece la señora Morero, oriunda de Ingeniero Luiggi, como beneficiaria de los bienes, el escribano Acebal y los mismos testigos que en el primer testamento (sólo cambia uno y los seis son de General Pico)», precisó.

Probation.
Durante la audiencia en los tribunales piquenses, en los legajos que damnificaron a Cattáneo y a Saumench, se dispuso la suspensión de juicio a prueba para todos los involucrados: Acebal, Morero, Walker, Galant, Díaz y Mayor. Se dejó allí sin efecto los testamentos confeccionados de manera engañosa, los cuales beneficiaban a la trabajadora previsional, para volver todo al estado anterior, cuando los testadores eran los familiares y reales herederos.
Además, se impusieron reglas de conducta para que Acebal efectuara trabajos de certificaciones a favor del municipio de General Pico, bajo el control del Ministerio Público Fiscal (MPF) de aquella ciudad. Además tuvieron que reparar civilmente a la otra estafada Irma Saumench.
En la parte penal, se dispuso la suspensión del juicio a prueba por el término de un año, y al cumplirse con las reglas de conducta y al no haber cometido otros delitos, se produjo la extinción de la acción y el sobreseimiento.

“Nunca más puede ejercer”
El sumario del Colegio de Escribanos de La Pampa fue girado al Superior Tribunal de Justicia sobre finales del año pasado. Desde la entidad profesional habían sugerido la sanción contra el escribano piquense, pero dada la gravedad de los hechos y de la medida disciplinaria, debía ser el Tribunal de Superintendencia Notarial quien dictara la medida.
“La destitución implica que nunca más puede ejercer como escribano”, explicaron fuentes con conocimiento del expediente. Las mismas indicaron a LA ARENA que la resolución adoptada en este caso tiene características históricas, ya que no existen muchos antecedentes. Aclararon, además, que no existe posibilidad de apelación por parte de Acebal.
La actividad notarial está regulada en La Pampa por la Ley 3114/18, de Regulación del Ejercicio de la Función Notarial.

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