CONFIRMADO: PRISIÓN PERPETUA PARA PINO Y QUINTERO POR LOS DOS HOMICIDIOS EN RANCUL

El Tribunal de Impugnación Penal no hizo lugar hoy a los recursos de impugnación interpuestos por las defensas de Gastón Ezequiel Quintero y Ramiro Lázaro Pino y, de este modo, condenó las penas a prisión perpetua para ambos por el delito de homicidio calificado por alevosía y criminis causa, en dos hechos y en concurso real, en perjuicio de Jacinto Tallone y Héctor Ceferino Lapettina.
Policiales02/10/2020InfoTec 4.0InfoTec 4.0
homicidio-rancul

El fallo fue dictado por el juez de la Sala A del TIP, Filinto Rebechi, y la jueza María Elena Grégoire, quienes de esta manera confirmado en un todo la sentencia dictada el 29 de junio pasado por los jueces de audiencia de General Pico, Carlos Federico Pellegrino, María José Gianinetto y Marcelo Luis Pagano. Los recursos habían sido presentados por los defensores oficiales Mauro Fernández y Walter Vaccaro en representación de Quintero y Pino, respectivamente.

Oportunamente, y tras el juicio oral, el Tribunal de Audiencia había dado por probado –algo que ahora ratificó el TIP- que el 10 de noviembre del año pasado, a la mañana, ambos imputados –luego de compartir la noche en un local bailable y, en forma posterior, continuar consumiendo bebidas alcohólicas en el domicilio de la pareja de Quintero”, fueron hasta la casa de Tallone (79 años) y lo “golpearon y ahorcaron con extrema violencia, hasta dejarlo inconsciente”, sustrayéndole herramientas de mano y “dejando encendidas las hornallas de gas  de la cocina” para retirarse del lugar. Ese mismo día, a la tarde, la víctima falleció.

"Poco después, Quintero y Pino concurrieron al domicilio de Lapettina (88) y con idéntico proceder, lo golpearon y ahorcaron, causándole la muerte”, para sustraer una caja de herramientas, dinero de curso legal, billetes fuera de circulación y “algunas monedas antiguas”. Ambos hechos ocurrieron en Rancul.

Defensores.

Fernández planteó que Quintero debió ser condenado por el delito de homicidio en ocasión de robo y cuestionó la sentencia del Tribunal de Audiencia porque se fundó en premisas falsas, que no fueron corroboradas por las pruebas incorporadas en el expediente. Sostuvo que no hubo alevosía porque no existió “un acuerdo criminal previo”; sino que se trató de “un actuar improvisado, sin ninguna táctica reflexiva y alentado fundamentalmente por el consumo excesivo de sustancias” a la salida del boliche. De hecho, remarcó el defensor, los acusados fueron vistos por varias personas cuando salieron de la vivienda de Lapettina a plena luz del día.

También cuestionó al agravante de homicidio criminis causa aduciendo que ni Quintero ni Pino procuraron impunidad y, respecto de la cuestión del gas, expresó que la fiscalía no valoró esa circunstancia en su alegato final, pero los jueces lo dieron por probado; por lo que sostuvo que debía ser evaluada como una situación en la que correspondía aplicar el beneficio de la duda a favor del reo (“in dubio pro reo”).

Por todos esos argumentos, consideró que Quintero (19 años) debía recibir una pena de 13 años de prisión por homicidio en ocasión de robo, dos hechos en concurso real.

Por su parte, Vaccaro dijo que debía tenerse en consideración que los imputados “se encontraban intoxicados al momento en que cometieron los delitos” y, con respecto al gas, acotó que la hornalla pudo haber estado encendida desde que Quintero y Pino ingresaron a la vivienda de Tallone y que así quedó posteriormente, por lo que también planteó la duda razonable a favor de ellos.

El defensor oficial de Pino (24) también manifestó que no existieron los elementos objetivos que requiere la alevosía y que tampoco existió el homicidio criminis causa porque el imputado fue a robar –y en ese contexto ocurrió la muerte– y no a matar para robar. Y, en cuanto a la pena, pidió las sanciones mínimas atento a la edad del acusado.

 
Fundamentos.

El TIP, al fundar la denegatoria a las impugnaciones, afirmó que “los imputados actuaron con alevosía ya que, eligieron a sus víctimas –no fue al azar–, sabiendo que eran personas de una edad avanzada y que vivían solos, y que, al concurrir a sus viviendas, los damnificados les abrirían puesto que no se trataba de extraños”.

“Cuando Tallone y Lapettina les abrieron las puertas de sus viviendas, en vez de sujetarlos sin hacerles daño, a cada uno le aplicaron un fuerte golpe en la cabeza provocándoles la fractura de la base del cráneo y no conformes con ello, ya que ninguno podía oponerse al robo (…), Pino y Quintero procedieron a ahorcarlos (…), provocando sus fallecimientos; o a la inversa, primero produjeron el ahorcamiento que los dejó inconscientes y sin posibilidad de defensa y luego los ultimaron de un golpe de tremenda magnitud en la cabeza”, agregaron Rebechi y Grégoire.

Más adelante, acotaron que “en relación a que no existió un plan previo, debido al estado en que se encontraban Pino y Quintero (…) y al comportamiento posterior a los homicidios de ambos, (…) el estado de intoxicación al que se refirieron ambos defensores no fue probado mediante análisis de laboratorio. Si bien habían estado consumiendo bebidas alcohólicas, no se probó que esa intoxicación los convirtiera en inimputables”.

El TIP negó que para este tipo de delitos se requiera un plan o acuerdo previo, sino “simplemente una preordenación de la actividad, es decir, actuar con la seguridad de que existe una situación de indefensión en la víctima”.

Con relación a la figura de criminis causa, el Tribunal consideró que los acusados ingresaron a las viviendas de las víctimas “no solo para robar (…), sino que también fueron con la intención dolosa de acabar con la vida de ellas, ya que cuando ambos damnificados les abrieron las puertas, los golpearon salvajemente y acabaron con sus vidas (…) A lo que se debe sumarse la circunstancia de haber dejado el gas encendido en la vivienda (de Tallone), lo que se corresponde con el correcto encuadramiento” legal realizado por los magistrados piquenses.

Asesinos de Lapettina y Tallone
Gentileza: Infopico

Te puede interesar
Lo más visto
camión alaska cebollero 2C

"Andando los sueños": un cordobés rumbo a Alaska a bordo de un Chevrolet 1946 que es su casa rodante

InfoTec 4.0
04/09/2026
Pablo Guillermo Cebollero pasó por el centro de Realicó a bordo de "El Viejo", un camión Chevrolet 1946 convertido en motorhome, en el marco de un viaje que busca unir Argentina con Alaska recorriendo todo el continente americano. El cordobés dialogó con Infotec 4.0 sobre su travesía, bautizada "Andando los sueños", y sobre el vínculo familiar que lo llevó también a pasar por Hilario Lagos. MIRÁ TODOS NUESTROS VIDEOS EN YOUTUBE, SUSCRIBITE Y DALE LIKE PARA NO PERDERTE NADA.-
casino

Casino Club: La Fiscalía falló a favor de Angelucci e intimó al Gobierno a entregar el contrato de apuestas en línea.

INFOTEC 4.0
Provinciales04/09/2026
Tras la presentación realizada por Julián Angelucci (Avanzar Juntos CC), la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) resolvió intimar formalmente al Ministerio de Conectividad y Modernización y a DAFAS para que entreguen la copia del contrato de concesión con la firma Casino Club S.A. y la totalidad de la información vinculada a los ingresos y resultados de la explotación de los juegos de apuestas online en La Pampa. 
eugenia piacenza all boys

Brillante debut de la nadadora Eugenia Piacenza en el Torneo Manuel Peralta

InfoTec 4.0
04/09/2026
El Club Atlético All Boys de Santa Rosa, capital provincial de La Pampa, celebra sus 103 años de vida con la organización del Torneo Aniversario de Natación "Manuel Peralta", que reúne a nadadores de once clubes de distintas provincias del país. La nadadora Eugenia Piacenza, oriunda de Hilario Lagos y radicada actualmente en la capital pampeana, tuvo un arranque inmejorable en la primera jornada, con cuatro primeros puestos en otras tantas pruebas de fondo.
incendio rollos

Un incendio de un camión con rollos de pasto movilizó a la Policía y a Bomberos en Rancul

InfoTec 4.0
04/09/2026
Efectivos policiales y personal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios trabajaron durante la noche de hoy viernes para controlar un incendio registrado en la intersección de las calles Alvear y Perón, en Rancul, que afectó a un transporte de rollos de pasto. El hecho fue advertido tras un llamado anónimo a la dependencia policial, y el propietario descartó, en principio, que el fuego hubiera sido intencional.
QUEMA CONTROLADA 2 C

Reclamos en Luiggi por una quema controlada autorizada por DC que se "descontroló"

InfoTec 4.0
05/09/2026
Vecina denuncia que una quema que había sido autorizada por Defensa Civil se salió de control este mediodía debido a los fuertes vientos que soplaban en la zona, y las llamas terminaron afectando su campo lindero, con importantes daños materiales. Una productora damnificada expresó públicamente su indignación en redes sociales y cuestionó duramente la decisión de llevar adelante la quema en esas condiciones climáticas.
carpinchos c

Dos carpinchos provocaron un accidente con una familia parerense

InfoTec 4.0
05/09/2026
Un auto con una familia de Parera a bordo chocó contra dos carpinchos que cruzaban la Ruta Nacional 188 en las primeras horas de la noche, cerca del límite entre La Pampa y Buenos Aires. Los animales murieron en el acto, mientras que los ocupantes del vehículo resultaron ilesos, aunque el rodado sufrió importantes daños en su parte frontal.