
La Secretaría de Trabajo dictó la conciliación obligatoria en el conflicto con los trabajadores de ATEPSA.


Por esta razón, quienes se encuentren en esa situación solo podrán regresar a la Argentina por vía aérea o marítima. La medida fue anunciada mediante la Disposición 763/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Nacionales29/03/2021
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En el marco del endurecimiento de los controles migratorios, el Gobierno suspendió “en forma transitoria, el ingreso, por cualquiera de los pasos fronterizos terrestres”, de aquellas personas que hayan salido de la Argentina por esa misma vía “entre los días 1° de abril y 25 de diciembre de 2020″. La medida fue anunciada mediante la Disposición 763/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.


De esta manera, todo aquel que se encuentre en esa situación ya no podrá regresar al país a través de los cruces Paso de los Libres – Uruguayana, Sistema Cristo Redentor, San Sebastián y Gualeguaychú - Fray Bentos.
En cambio, si desean volver, tendrán que hacerlo únicamente por medios aéreos o marítimos, entrando por el aeropuerto internacional de Ezeiza, el aeropuerto de San Fernando, o el puerto de la terminal de Buquebús.
Hasta el momento, podían hacerlo a través de cualquiera de los pasos fronterizos mencionados, ya que el Poder Ejecutivo había autorizado la entrada de ciudadanos nacionales o extranjeros residentes en el país, y de sus parientes directos que lleguen “por razones de necesidad”.
Esta habilitación regía hasta el próximo 9 de abril, pero ante la aparición de nuevas cepas de coronavirus y el temor que hay en Casa Rosada por una posible segunda ola de contagios, se optó por limitar los lugares por donde estas personas pueden ingresar al país.
Entre los considerandos de la Disposición publicada este lunes, el Gobierno señaló que “en Argentina, en la última semana, se registró un aumento del número de casos y se detectaron nuevas variantes del SARS-CoV-2, relacionadas a viajeros o a sus contactos”.
En este sentido, las autoridades nacionales sostuvieron que “la presente medida resulta razonable y proporcionada con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta el país y se enmarca en el conjunto de medidas y acciones que el Estado Nacional se encuentra llevando adelante”.
Además, se recordó que a partir de este mismo lunes, también quedaron suspendidos todos los vuelos regulares provenientes de Brasil México y Chile. Solo se permitirá el arribo de los aviones “necesarios para el regreso de las personas nacionales y extranjeras residentes que se encuentren en los destinos indicados”. Sin embargo, será el Ministerio de Transporte el que definirá la forma en la que regresarán: se adelantó que será de manera “gradual” y “según las capacidades operativas de los pasos internacionales habilitados”.
La decisión de suspender los viajes desde Brasil y Chile es porque son países vecinos que tienen una alta circulación comunitaria de la cepa Manaos, mientras que en el caso de México se debe a que muchos argentinos regresaron contagiados de ese país en las últimas semanas, aunque no de la misma de esta misma cepa.
Por otra parte, desde el sábado las personas que entren al país deberán cumplir, además de todos los protocolos que ya se encontraban vigentes desde que se decretó la emergencia sanitaria por el COVID-19, una serie de medidas adicionales para extremar los cuidados.
Entre otras cuestiones, los pasajeros estarán obligados a someterse a dos “pruebas para SARS-CoV-2″, una “al arribo al país y otra al séptimo día del ingreso”, y además tendrán que hacerse cargo del “costo de ambas”.
Quienes resulten negativo en el primero de esos tests van a tener que cumplir un aislamiento “por el término de 7 días desde la toma de la muestra”, pero podrán hacerlo “en los respectivos domicilios denunciados a tal fin en su declaración jurada de ingreso al país”.
Por el contrario, a quienes den positivo se les exigirá la realización “a continuación” de un PCR “para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia”.
Asimismo, tanto esta persona como sus “contactos estrechos” serán derivados para “cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera”. La estadía en estos sitios también estará a cargo del ciudadano argentino o extranjero residente que ingresa al país.
En caso de que el pasajero dé negativo en la primera prueba de detección del coronavirus, pero resulte ser positivo cuando se le realiza la segunda, a los 7 días de haber llegado, será responsable de pagar el testeo de secuenciación genómica, mientras que el Gobierno hará un “inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera”.
Gentileza: Infobae





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