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Tras la respuesta de Fernando Domínguez al planteo del Presidente, ahora la decisión final la tomará el juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, en la causa por el festejo de cumpleaños de Fabiola Yañez en plena cuarentena.
Nacionales24/11/2021
InfoTec 4.0






El fiscal federal Fernando Domínguez rechazó este martes 23 de noviembre el planteo del presidente Alberto Fernández sobre inexistencia de delito en la causa por la "Fiesta en Olivos" en la que acusan al mandatario y a la Primera Dama, Fabiola Yañez, de violar la cuarentena obligatoria al festejar el cumpleaños de Yañez en la residencia oficial.


Luego de la respuesta del fiscal, ahora el juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, quien está a cargo de la causa luego de la disputa por la competencia con la jueza Sandra Arroyo Salgado, deberá tomar la decisión final sobre el pedido de inexistencia de delito.
"La doctrina nacional resulta conteste a la hora de afirmar que la excepción por falta de acción fundada en la ausencia de delito sólo es viable cuando surge en forma manifiesta la falta de adecuación típica del hecho incriminado. Los hechos investigados de modo alguno pueden tildarse de palmaria y/o de evidentemente atípicos", expresó el fiscal Domínguez en sus argumentos al rechazar el planteo.
Y continuó: "No niegan la tipicidad de las conductas pesquisadas las alegaciones destinadas a afirmar que el evento del 14/07/20 no tuvo como objeto ni propagar la pandemia ni muchos menos poner en peligro la salud pública en general. En tal sentido debe señalarse que la ausencia de tales intenciones o finalidades no desaparece ‘ex ante’ el peligro de lesión para el bien jurídico tutelado":
De esta manera, el fiscal rechazó el planteo de Alberto Fernández quien había pedido la inexistencia de delito. "Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”, había solicitado el Presidente.
Mientras que en los argumentos del mandatario nacional afirmaba que “no se ha seguido, ni ha resultado ninguna consecuencia lesiva y, por tanto, no existen ‘víctimas’” por la violación a la cuarentena obligatoria por la pandemia del coronavirus.
Según el DNU, a quien viole el aislamiento obligatorio se le debía imponer el artículo 205 del Código Penal: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
A principios de mes, la Justicia Federal de San Isidro ya había rechazado el planteo de inconstitucionalidad del DNU con medidas sanitarias que estaba vigente en ese momento. Se trataba de un pedido que había presentado Stefanía Domínguez, una de las invitadas, junto con su abogado Mauricio D'Alessandro.





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El aprehendido tiene 33 años y ocurrió en pleno centro de la ciudad.

En sintonía con su política de alineamiento con los Estados Unidos, el Gobierno argentino anunció este sábado un endurecimiento de los controles migratorios dirigido específicamente a personas vinculadas al entorno del capturado Nicolás Maduro. La medida fue confirmada por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien informó que la Dirección Nacional de Migraciones dispuso prohibiciones de ingreso para ciudadanos venezolanos que hayan integrado la estructura jerárquica, militar o económica del régimen chavista.

Será seguida en su domicilio por su propio equipo médico personal

Es debido a la tensión social que vive el país asiático con violentas protestas callejeras.







Comerciantes de Realicó manifestaron ante este medio, disconformidad con la obligación de cerrar sus puertas a las 14 horas este martes 31 de diciembre, tal como lo establece la normativa vigente a la que adhirió el municipio en el marco de una Ley provincial Nº 2717. La medida, que se repite cada año en las fiestas de fin de año, volvió a generar reclamos en un sector que atraviesa un contexto económico complejo y que considera la restricción horaria como “perjudicial” para la actividad comercial en una de las fechas más importantes del calendario.

El fatal accidente ocurrió durante la madrugada, cuando el joven intentó cruzar entre los vagones de una formación en movimiento. La víctima había residido en Realicó y su familia está vinculada a una empresa de esta localidad. Uno de los amigos que se encontraba con él también pertenece a Realicó.

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socia Norma Elena Rezza a la edad de 87 años. Casa de duelo calle Mitre 1268. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 3 de enero de 2026 a las 17:30 horas, previo responso en la sala.

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Arnoldo Raúl Stornini a la edad de 73 años. Casa de duelo calle Italia 1432. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "B" de avenida San Martín y calle Paraguay, fueron trasladados a la localidad de Villa Huidobro (Córdoba) para su inhumación.

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Un accidente aéreo ocurrido en una zona rural cercana a San Antonio Oeste, en la provincia de Río Negro, tuvo un desenlace que pudo haber sido trágico pero terminó sin víctimas fatales. Una aeronave privada North American NA-145 Navion, matrícula LV-YYL, se precipitó a tierra mientras realizaba un vuelo desde Las Grutas con destino a Arroyo Seco, en la provincia de Santa Fe.

Bomberos Voluntarios de Huinca Renancó participaron hoy de un operativo por un incendio vehicular registrado sobre la Ruta Nacional 35, a la altura del kilómetro 537. La intervención se produjo tras un pedido de colaboración realizado por el cuartel de Bomberos Voluntarios de Mattaldi.

Las dos CTA entregaron una nota en Casa de Gobierno en la que exigen una suma compensatoria antes del noveno día hábil de enero. Advirtieron por la pérdida del poder adquisitivo, el endeudamiento para comprar alimentos y la falta de aumentos salariales reales.







