Condena por conducir alcoholizado

El juez de control de General Pico, Diego Ambrogetti, condenó a Claudio Héctor Gatica, de 45 años,  como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones graves culposas ocasionadas por la conducción imprudente y/o antirreglamentaria de un vehículo con motor agravadas por el estado impregnación alcohólica - en perjuicio de una damnificada-  y lesiones leves culposas -en perjuicio de un damnificado  y sus hijos-; a la pena de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos con motor por el término de dos años.

Judiciales16/12/2022InfoTec 4.0InfoTec 4.0
Alcoholemia

Además le impuso a Gatica, como reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y someterse al Ente de Políticas Socializadoras y  Unidad de Abordaje.

El hecho ocurrió el 1 de mayo de este año, a las 20:15 horas aproximadamente, cuando el imputado conducía alcoholizado (1,16 g/L) un automóvil por calle  de tierra N° 417, de esta ciudad. Ingresó imprevistamente a la Ruta Provincial Nº 101 siendo colisionado en su lateral derecho por un vehículo al mando de un hombre que circulaba por dicha ruta para ingresar a General Pico, acompañado por su esposa y dos hijos.

Como consecuencia del impacto la esposa del conductor sufrió fracturas en muñeca, índice, y meñique derecho, con colocación de elementos de osteosíntesis, requiriendo más de 30 días para su recuperación. Mientras que el conductor y sus dos hijos sufrieron lesiones de carácter leve.

El fallo fue dictado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el defensor particular Jorge Gabriel Salamone y el imputado. Las partes al momento de presentar el escrito de juicio abreviado, tomaron el buen recaudo de hacerlo conocer a la mujer damnificada, quien expresó que no está de acuerdo con ninguna pena porque la lesión que le ocasionó le sigue generando dolencia, pero si así los dispone la justicia lo acepta.

En relación a la opinión de la damnificada, el juez consideró que, “sin perjuicio de ser entendible la misma, no debe pasarse por alto que su opinión, si bien debe ser oída y tenida en cuenta, no resulta en definitiva vinculante para el sentenciante, habiendo manifestado defensa e imputado durante el desarrollo de la audiencia de presentación del acuerdo que habían arribado a un acuerdo económico con los damnificados”.

La pena de prisión puede ser dejada en suspenso toda vez que el imputado no registra condenas anteriores. En relación a la pena a imponer, Ambrogetti expresó que “debe tenerse asimismo en cuenta que el monto acordado resulta un límite punitivo para el juzgador, que no puede ser franqueado por quien tiene a su cargo resolver la cuestión presentada por las partes, debiéndose en definitiva, respetar lo convenido por las partes, dado que ello es una obligación legal impuesta por el art. 369 del C.P.P., ya que el criterio sobre la mensuración de la pena queda en cabeza de la pretensión punitiva del Fiscal, según la Corte Suprema de Justicia de la Nación, siendo aquel quien establece el máximo tope de la misma y de la pena aplicable, por lo cual, si el titular de la acción penal acordó con el imputado y su defensor el monto ut-supra mencionado, habrá efectuado para ello la correspondiente evaluación”.

Te puede interesar
Lo más visto
NECROLÓGICAS

Q.E.P.D. Yolanda Arzani viuda de Khoury

InfoTec 4.0
Necrológicas16/01/2026

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socia Yolanda Arzani viuda de Khoury a la edad de 88 años. Casa de duelo calle Canalejas 1.593. Sus restos que son trasladados a Realicó, recibirán sepultura el 17 de enero de 2026 a las 11:30 horas, previo responso en la Iglesia.

cajero

A diferencia de Provincia: Ceballos y Quemú Quemú pagaron bono a sus empleados

InfoTec 4.0
Provinciales16/01/2026

En un contexto de fuerte ajuste y con la decisión del Gobierno provincial de no otorgar sumas fijas, dos localidades del norte pampeano se desmarcaron. Ceballos otorgó hasta $500.000 a parte de su personal, mientras que Quemú Quemú depositó un refuerzo de $200.000. La medida genera incomodidad en el resto de los intendentes que aducen falta de fondos.

CHAQUEÑO MILEI

Inédito en Jesús María: Javier Milei subió al escenario y cantó "Amor Salvaje" junto al Chaqueño Palavecino

InfoTec 4.0
Nacionales17/01/2026

El Presidente de la Nación sorprendió a los asistentes del Festival Nacional de Doma y Folklore al compartir un dúo con el artista salteño. Milei, quien manifestó su "amor salvaje" por la provincia de Córdoba, fue invitado al escenario del Anfiteatro José Hernández para entonar uno de los máximos hits del folclore argentino ante un estadio repleto.

NECROLÓGICAS

Q.E.P.D. Purísima Concepción Ayala (Damián Maisonnave)

InfoTec 4.0
Necrológicas17/01/2026

La Cooperativa Popular de Electricidad de Realicó Limitada comunica el fallecimiento de su socia Purísima Concepción Ayala a la edad de 86 años en la localidad de Damián Maisonnave. Sus restos que son trasladados recibirán sepultura el 18 de Enero de 2026 a las 9.30hs. previo responso.

CHOQUE FATAL 7

Trágico choque en la Ruta Nacional 7: dos personas murieron tras un violento accidente

InfoTec 4.0
Policiales17/01/2026

Un grave siniestro vial ocurrido este sábado por la tarde en la Ruta Nacional 7 dejó como saldo dos personas fallecidas, luego de una violenta colisión entre una camioneta y un camión de gran porte. El hecho se registró alrededor de las 15:30 horas, a la altura del kilómetro 207, y generó un importante operativo de emergencia en la zona. El conductor del camión, que sería pampeano, resultó ileso.