¿Más carga impositiva de AFIP sobre los alimentos?

Habrá un nuevo régimen de percepción del IVA por las ventas de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre responsables inscriptos en ese tributo. El pedido de CAME y de las Pymes lácteas.

Nacionales20/03/2023InfoTec 4.0InfoTec 4.0
Gondolas desabastecimiento

NACIONALES | El sector agropecuario es crítico de una decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que aumentaría la presión impositiva sobre los alimentos. El organismo oficial, mediante la resolución 5329/2023, dispuso que a partir del próximo 1º de abril regirá un nuevo régimen de percepción del IVA por las ventas de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre responsables inscriptos en ese tributo.

Todo esto surge en momentos donde el campo está solicitando un alivio fiscal ante los efectos de la sequía, que están derivando en importantes pérdidas productivas y económicas en el contexto de una elevada inflación que agrava el contexto social. Según se detalló, la percepción por practicar es de nada menos que el 3,0% del valor de la operación. Además, la norma obliga a las empresas a adelantar el pago de parte del IVA correspondiente y, en caso de que se opte por liquidar el impuesto sólo cuando ingresa el cobro, la empresa estará obligada a abonar intereses por no haber realizado la percepción en el plazo previsto.

Mediante una carta dirigida al Administrador de la AFIP, Carlos Castagneto, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) expresó su preocupación por la puesta en marcha de la medida y solicitó postergar su aplicación por 90 días, “para adecuar los sistemas de facturación a las nuevas obligaciones fiscales y modificar el Artículo 11 de la resolución llevando a $6.000 el monto a partir del cual se aplicaría la percepción”, según la nota que la entidad elevó al funcionario.

lacteos gondola

 Preocupación en las pymes lácteas por la nueva disposición de la AFIP. 

Pymes lácteas
Por otro lado, Pablo Villano, presidente de la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas Lácteas (Apymel), pidió al titular de AFIP que “se exceptúe a contribuyentes categorizados en el Registro Nacional Pyme” y advirtió que el sector que representa se encuentra “afectado” por la nueva disposición.

Apymel, que también envió una carta al jefe de la AFIP, señaló que la nueva medida obliga a las pymes lácteas a actuar como agentes de percepción a los responsables inscriptos en el IVA que realicen las mencionadas operaciones de ventas y hace pasibles de este régimen a los responsables inscriptos en el IVA que adquieren dichos productos.

Desde la entidad señalaron que las pymes lácteas se encuentran “afectadas” por la disposición oficial y que el perjuicio económico “es muy grande”, pues están obligados a realizar una percepción extra del 3% e ingresarla en un plazo de 10 días finalizado el período. Las percepciones efectuadas en el mes de abril se deberán informar y pagar entre el 10 y el 12 de mayo, siendo que la cobranza de esas ventas por lo general ronda en un plazo de entre 45 y 60 días de la fecha de la facturación.

Por último, la entidad también sostuvo que “financieramente es insostenible para una pyme soportar esta obligación, sumado a la carga administrativa que implica adecuar el sistema de facturación vigente para poder cumplimentar con la normativa establecida por la AFIP”.

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